MAGISTRADA PONENTE: JANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
Finalmente, esta Sala Constitucional reitera el llamado de atención a la ciudadanía en general y, en particular, a los operadores del sistema de justicia penal venezolano —jueces, fiscales, defensores públicos y abogados en ejercicio— a fin de que las acciones judiciales sean promovidas y tramitadas con la debida prudencia, conforme a la finalidad constitucional y legal para la cual fueron concebidas, evitando toda instrumentalización del aparato jurisdiccional en detrimento de la integridad del sistema de justicia. En lo atinente al tratamiento de las denuncias, resulta imperativo observar rigurosamente la aplicación directa del principio de intervención mínima del derecho penal y, de modo específico, el principio de subsidiariedad, como límites estructurantes del ejercicio legítimo del ius puniendi estatal.
Enlace a la Sentencia:
La frase del día
"La puerta solo se abre desde dentro"
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