24 de mayo de 2026

24-5-2026 § 8 años

Suspensión condicional del proceso en los tribunales de primera instancia estadal

— La suspensión condicional del proceso en los tribunales de primera instancia estadal opera en aquellos casos en los cuales la pena de los delitos no excede de 8 años en su límite máximo. 

— El imputado podrá solicitar la medida de suspensión condicional del proceso al juez de control; o en su defecto, al juez de juicio cuando se trate del procedimiento abreviado.

— Dicha medida podrá acordarse siempre que el solicitante admita el hecho.

— Si el procesado cumplió efectivamente las condiciones impuestas, se dictará sentencia de sobreseimiento por la extinción de la acción penal. 

— En caso de incumplimiento por parte del procesado, se procederá a dictar sentencia condenatoria por la admisión de los hechos que realizó el imputado al momento de solicitar la suspensión condicional del proceso.

— Se encuentran excluidos de la suspensión condicional del proceso los delitos señalados en el último aparte del artículo 43 del Código Orgánico Procesal Penal (2021).

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"La creencia ciega en la autoridad es el mayor enemigo de la verdad" | Albert Einstein

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