18 de abril de 2016

18-04-2016 Proceso (59)

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

TEORÍA DEL PROCESO
JORGE SALAZAR RANGEL

LA ACCIÓN Y LA EXCEPCIÓN EN EL PROCESO CIVIL

Acción.- Es la facultad, es el derecho subjetivo que tienen las personas de acudir a un órgano jurisdiccional para solicitar que se le administre justicia en un caso concreto. La acción es el derecho de atacar.

Todas las personas tenemos el derecho de accionar, pero si la persona quiere lo ejerce o no; es decir, ella decide.

P.D. Ese derecho de accionar puede revestir múltiples modalidades dependiendo el caso concreto.

Art. 26 CN.- “Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente.

El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.

Art. 51 CN.- “Toda persona tiene el derecho de representar o dirigir peticiones ante cualquier autoridad, funcionario público o funcionaria pública sobre los asuntos que sean de la competencia de éstos o éstas, y de obtener oportuna y adecuada respuesta. Quienes violen este derecho serán sancionados o sancionadas conforme a la ley, pudiendo ser destituidos o destituidas del cargo respectivo.

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

18-04-2016 Procesal Penal (43)

N° de Expediente: C07-0198 N° de Sentencia: 299
Tema: Acusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Hechos no incluidos en Escrito ni Ampliación de la Acusación.
Lunes, 11 de Junio de 2007

...Debió entonces el Ministerio Público en su acto conclusivo de acusación, exponer de manera clara, todas las conductas, hechos y circunstancias de modo tiempo y lugar, que comprendía la actividad delictiva que se le estaba imputando a la ciudadana ... no consta en el escrito de acusación (como tampoco consta que el Ministerio Público haya hecho ampliación de la misma) la descripción detallada en torno al delito de FALSEDAD y OCULTAMIENTO DE INFORMACIÓN EN LA DECLARACIÓN JURADA DE PATRIMONIO, que presuntamente “también” cometió la ciudadana acusada ...Aceptarlo, sería violar el derecho a la defensa consagrado en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

18-04-2016 Tributario (91)

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO

TÍTULO III
De los Ilícitos Tributarios y de las Sanciones

Capítulo I
Parte General

Artículo 91. Cuando las multas establecidas en este Código estén expresadas en unidades tributarias (U.T.), se utilizará el valor de la unidad tributaria que estuviere vigente para el momento del pago.

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

18-04-2016 Vehículos (4)

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

DERECHO PENAL
TIPOS PENALES

LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES

Gaceta Oficial: 37.000
Fecha: 26/07/2000

Artículo 4.- Tentativa de Hurto.
Quien iniciare la ejecución del delito de hurto de vehículo automotor, aun cuando no se produzca la consumación del mismo, será castigado con pena de dos a cuatro años de prisión.

Pena Corporal: 2 a 4 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 3 años de prisión.

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

18-04-2016 Vehículos (3)

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

DERECHO PENAL
TIPOS PENALES

LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES

Gaceta Oficial: 37.000
Fecha: 26/07/2000

Artículo 3.- Desvalijamiento de Vehículos Automotores.
Quienes sustraigan partes o piezas de un vehículo automotor perteneciente a otra persona, sin apoderarse del mismo, con el propósito de obtener provecho para sí o para otro, serán sancionados con pena de prisión de cuatro a ocho años. Igual pena se impondrá a quien detente, esconda o comercialice las partes o piezas sustraídas aun cuando no haya tomado parte en el delito.

Pena Corporal: 4 a 8 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 6 años de prisión.

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

18-04-2016 Vehículos (2)

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

DERECHO PENAL
TIPOS PENALES

LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES

Gaceta Oficial: 37.000
Fecha: 26/07/2000

Artículo 2.- Circunstancias Agravantes.
Hurto Agravado de Vehículos Automotores.
La pena a imponer para el hurto de vehículo automotor será de seis a diez años de prisión si el hecho punible se cometiere:

1. Sobre vehículos destinados al transporte público, colectivo o de carga.

2. Valiéndose de la actividad realizada por menores de edad.

3. Sobre Vehículos expuestos a la confianza pública por necesidad, costumbre o destinación.

4. De noche o habiendo penetrado en cualquier lugar habitado o dependencia propiedad de otro.

5. Por dos o más personas que se hubieren reunido o puesto de acuerdo para realizarlo.

6. Sobre vehículos pertenecientes a los cuerpos policiales de seguridad pública o sobre vehículos destinados al transporte de valores.

7. Con escalamiento, llaves sustraídas o falsas, ganzúas o cualquier otro instrumento similar, o violando, o superando seguridad electrónica u otras semejantes.

8. Aprovechando la confianza depositada por el dueño, poseedor o tenedor del vehículo.

9. Aprovechando situaciones de calamidad, infortunio o peligro común.

10. Por persona disfrazada, ilícitamente uniformada, usando indebidamente identificación falsa o hábito religioso.

Pena Corporal: 6 a 10 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 8 años de prisión.

Frase reflexiva:
Educad a los niños y no será necesario castigar a los hombres Pitágoras

17 de abril de 2016

17-04-2016 Vehículos (1)

Frase reflexiva:
Cuando el camino se pone duro, sólo los duros caminan

LA COMISION LEGISLATIVA NACIONAL En ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 6, numeral 1, del Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente mediante el cual se establece el Régimen de Transición del Poder Público, publicado en Gaceta Oficial N° 36.920 de fecha veintiocho de marzo de dos mil, en concordancia con el artículo 187, numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

DECRETA
la siguiente,

LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES

DERECHO PENAL
TIPOS PENALES

Gaceta Oficial: 37.000
Fecha: 26/07/2000

Artículo 1.- Hurto de Vehículos Automotores.
El que se apodere de un vehículo automotor perteneciente a otra persona natural o jurídica con el propósito de obtener provecho para sí o para otro, sin el consentimiento de su dueño, será penado con prisión de cuatro a ocho años.

Pena Corporal: 4 a 8 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 6 años de prisión.

Frase reflexiva:
Cuando el camino se pone duro, sólo los duros caminan