20 de diciembre de 2024

20-12-2024 / Motivación

Sentencia No. 650 de fecha 04-DIC-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Al respecto, considera la Sala, que el establecimiento de los hechos constituye la base fáctico-jurídica de toda sentencia, pues es con ello que el juez puede subsumir la conducta del individuo dentro de un determinado tipo penal, en consecuencia, siendo el establecimiento de los hechos la garantía tanto para las partes como para el Estado, que la decisión del juzgador es la fiel expresión del resultado del análisis, valoración y comparación de todas y cada una de las pruebas del proceso, tampoco se puede concebir que con la mera transcripción de las pruebas se establezcan los hechos, es imprescindible para ello que el juez exprese en forma clara y no deje lugar a dudas, cuáles son los hechos que él consideró probados a través del análisis y valoración que le merecieron las pruebas, lo cual no ocurrió en el caso de marras.

La motivación de las sentencias constituye un requisito de seguridad jurídica que permite establecer con exactitud y claridad a las diferentes partes que intervienen en el proceso, cuáles han sido los motivos de hecho y de derecho, que en su respectivo momento han determinado al Juez, para que declare el derecho a través de decisiones debidamente fundamentadas en la medida que éstas se hacen acompañar de una enumeración congruente, armónica y debidamente articulada de los distintos elementos que cursan en las actuaciones y se eslabonan entre sí, los cuales, al ser apreciados jurisdiccional y soberanamente por el Juez, convergen a un punto o conclusión serio, cierto y seguro.

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La frase del día 
El "ya lo sé" mata más carreras que el fracaso

19 de diciembre de 2024

19-12-2024 / Ratifique o rectifique [2]

Sentencia No. 642 de fecha 04-DIC-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En el caso de no aceptar la solicitud de sobreseimiento, el juez enviará las actuaciones al Fiscal Superior del Ministerio Público para que mediante pronunciamiento motivado ratifique o rectifique la petición fiscal y, en el caso de ratificar el pedido de sobreseimiento, el Juez deberá dictarlo pudiendo dejar a salvo su opinión en contrario.

Por último, en caso que el sobreseimiento sea dictado con ocasión a la celebración de la audiencia preliminar o en la etapa de juicio, deberá seguirse conforme lo dispuesto en los artículos 303 y 304 del Código Orgánico Procesal Penal, atendiendo igualmente lo preceptuado en el artículo 306, eiusdem, previamente aludido.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Si matas una cucaracha eres un héroe. Si matas una hermosa mariposa, eres malo. La moral tiene criterios estéticos" - Friedrich Nietzsche

19-12-2024 / Ratifique o rectifique

Sentencia No. 642 de fecha 04-DIC-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Asimismo, si el Juez no acepta la solicitud de sobreseimiento, enviará las actuaciones al Fiscal Superior del Ministerio Público para que mediante pronunciamiento motivado, ratifique o rectifique la petición fiscal. Siendo que de ratificarse el pedido de sobreseimiento, el Juez lo dictará pudiendo dejar a salvo su opinión en contrario, la cual reflejara mediante voto salvado, entendido como la facultad procesal del juez en relación a plasmar su opinión disidente respecto a la resolución de un determinado caso, pudiendo manifestar su desacuerdo con la motiva que dio lugar a la dispositiva objetada.

En sintonía con la antes afirmado, autores como: Andrade Moreira, N. S. (2020). La duda razonable en el Derecho ecuatoriano en relación al voto salvado. Santo Domingo. Ecuador. 2020, expresó, entre otras cosas, que “…Se debe tener en cuenta que el voto salvado, se produce cuando su inconformidad está relacionada con el fondo del fallo; por ejemplo; en la motivación, así como en la dispositiva de la sentencia…”.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Si matas una cucaracha eres un héroe. Si matas una hermosa mariposa, eres malo. La moral tiene criterios estéticos" - Friedrich Nietzsche

18 de diciembre de 2024

18-12-2024 / Criminología, Política Criminal [2]

¿Son necesarios los cambios en el modelo de gestión del delito?

¿Los procesos y principios implícitos en esta materia son posibles de introducir a través de transformaciones en la política pública?

En las últimas décadas se han producido cambios importantes referidos a la cuestión criminal y sus consecuencias en cada lugar y contexto latinoamericano, en las relaciones sociales cotidianas y en la cultura política de muchas democracias occidentales, circunstancias que han sido analizadas y escenarios ideales para posicionar a la criminología como elemento dinamizador del proceso democrático.

Fuente de la Información: Criminología, Política Criminal y Democracia. Taller efectuado en fecha 30-04-2024 por parte del Centro Simón Rodríguez (CSR).

La frase del día 
"Nadie puede cambiar una historia cuando ha sido contada"

18-12-2024 / Criminología, Política Criminal

El delito es un activo político que se ha convertido en objeto de controversia, razón por la cual, las respuestas de los gobiernos están cada vez más mediadas por cálculos a corto plazo y a las conveniencias electorales, en el mejor de los casos.

Si bien es cierto, que las reacciones gubernamentales se dejan llevar en gran medida por el cálculo político y los beneficios electorales, no es de extrañar que la política criminal cada vez esté más afectada por la influencia de los medios de comunicación y sometida a la inestabilidad emocional de la opinión pública, que además, es cambiante. En este clima inquietante es muy difícil escuchar consideraciones racionales fundamentadas en argumentos con organizada credibilidad y confianza.

La política criminal está presionada cada vez más por los medios de comunicación, las estadísticas, las cifras, las tragedias, la reacción social, las vibraciones de la emoción popular, la opinión pública, la perpetuidad o permanencia en el poder, así como la hegemonía política y discursiva. El resultado, es una política criminal volátil, inestable en la que es difícil introducir la razón y las evidencias en decisiones políticas. 

Fuente de la Información: Criminología, Política Criminal y Democracia. Taller efectuado en fecha 30-04-2024 por parte del Centro Simón Rodríguez (CSR).

La frase del día 
"Nadie puede cambiar una historia cuando ha sido contada"

18-12-2024 / Resolución

Sentencia No. 510 de fecha 23-OCT-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En efecto, tal como ha sido señalado por esta Sala a través de sus decisiones, la resolución judicial que pone fin al proceso, sea declarando la culpabilidad o inocencia del imputado, se encuentra revestida por un conjunto de requisitos, dado que implica la culminación de un proceso gobernado por un conjunto de garantías y derechos, por lo cual debe elaborarse de forma razonada sin dejar margen a dudas, dado que de la misma emanan una serie de consecuencias jurídicas. Razón por la cual, al no existir un pronunciamiento en concreto sobre aquellos delitos que a juicio del Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, no se adaptan a los hechos imputados, dicho accionar comporta un vicio de orden público que amerita su nulidad.

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La frase del día 
"Nadie puede cambiar una historia cuando ha sido contada"

17 de diciembre de 2024

17-12-2024 / Motivar decisiones

Sentencia No. 510 de fecha 23-OCT-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En este mismo sentido y dirección, el deber que recae en todos los jueces de la República Bolivariana de Venezuela, en relación a motivar fundadamente sus decisiones, tal como lo establece el artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal, constituye un requisito de seguridad jurídica conforme a las garantías constitucionales establecidas en el artículos 26 y 49 de Nuestra Carta Magna en favor de las partes intervinientes, por cuanto les permiten conocer los motivos de hecho y de derecho, que en su respectivo momento han determinado al Juez para decidir.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"La codicia no compra lealtad" - El Pingüino