4 de agosto de 2013

Criminología VIII

CRIMINOLOGÍA

CRIMINOLOGÍA DE LA PERSONALIDAD. 

Al estudiar a una persona, o hacer una introspección, podemos aplicar los conocimientos de cómo percibimos el exterior, lo que hemos aprendido, nuestras motivaciones y nuestro desarrollo, pero necesitamos encontrar una forma de caracterizar la cualidad distintiva de cada individuo en específico. La mayoría de las personas se comportan de manera parecida, pero al mismo tiempo cada persona es individual, y cuando alguien se comporta de manera anormal, se percibe rápidamente. La principal labor del criminólogo clínico es caracterizar la conducta individual: la personalidad.

La personalidad se define como "las características que designan a un individuo en relación con los demás", es la suma de las características mentales, físicas y sociales, es el resultado de los factores endógenos y exógenos.

En la formación de la personalidad se toman en cuenta algunos modelos a seguir y que serán decisivos en el actuar de las personas; por ejemplo, la influencia de la familia, de la sociedad, de la cultura, Etc.

La
criminología de la personalidad
estudia los cambios en el comportamiento de una persona, sus características individuales y su manera de interactuar de ésta con su medio, así como la influencia que ejerce el ambiente sobre los individuos.

Retención

DERECHO PENAL

De los delitos contra la fe pública. De la falsificación de sellos, timbres públicos y marcas. Retención de sellos, o timbres.

El que sin haber participado en ninguno de los delitos establecidos en el Título VI, Capítulo II, retenga los sellos, o timbres falsos, o los instrumentos destinados a la falsificación, será castigado con prisión de quince días a doce meses.

Condena

DERECHO PROCESAL PENAL

De la sustanciación del juicio. De la sentencia. Condena.

La sentencia condenatoria fijará las penas y medidas de seguridad que corresponda y, de ser procedente, las obligaciones que deberá cumplir el condenado.

En las penas, o medidas de seguridad fijará provisionalmente la fecha en que la condena finaliza.

Fijará el plazo dentro del cual se deberá pagar la multa, si fuere procedente.

Decidirá sobre las costas, si fuere el caso, y la entrega de objetos ocupados a quien el tribunal considera con mejor derecho a poseerlos, sin perjuicio de los reclamos que correspondan ante los tribunales competentes; así como sobre el comiso, destrucción, o confiscación, en los casos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la ley.

Cuando la sentencia establezca la falsedad de un documento, el tribunal mandará a inscribir en el una nota marginal sobre su falsedad, con indicación del tribunal, del proceso en el cual se dictó la sentencia y de la fecha de su pronunciamiento.

Si el penado se encontrare en libertad, y fuere condenado a una pena privativa de libertad mayor de cinco años, el Juez decretará su inmediata detención, la cual se hará efectiva en la misma Sala de audiencias, sin perjuicio del ejercicio de los recursos previstos en el Código Orgánico Procesal Penal.

Cuando fuere condenado a una pena menor a la mencionada (5 años), el Fiscal del Ministerio Público, o el querellante, podrán solicitar motivadamente al Juez la detención del penado.

3 de agosto de 2013

Criminología VII

CRIMINOLOGÍA

TEORÍA DE LA SUBCULTURA.  

Esta teoría se basa en el principio siguiente: la conducta desviada -al igual que el resto de conductas- se aprende en el ambiente en que se vive. Los actos desviados serían por lo tanto una consecuencia de la socialización en ambientes con valores y normas distintos a los de la sociedad en general.
 
Es común que los individuos con comportamientos desviados pertenezcan a grupos en las que estas conductas son permitidas  -o incluso prescritas- por lo que tal conducta sólo podría juzgarse como desviada respecto a las normas y valores de la sociedad, pero no respecto a las de su grupo de referencia.

Respecto a esto el criminólogo Edwin Sutherland escribiría: "La cultura criminal es tan real como la legal, y mucho más difundida de lo que se piensa habitualmente".

La teoría de la subcultura estriba en afirmar que estos colectivos sociales organizados y "desviados" no profesan la misma escala de valores que el resto de la sociedad. De hecho, la denominación "subcultura" refiere a entramados culturales diversos.

La subcultura también se define como el sistema social a través del cual un grupo social se aparta total, o parcialmente de las pautas fijadas, o seguidas por los grupos mayoritarios.

Criminología VI

CRIMINOLOGÍA

Control social de los medios de comunicación social. 

Los medios de comunicación social también asumen un rol de gran magnitud en cuanto a control social se refiere, ya que ellos pueden establecer, mediante campañas informativas, mecanismos informativos, acciones tendientes a la prevención de hechos delictivos, pueden trabajar para que las personas respeten las normas jurídicas, todo de conformidad con los principios constitucionales y teniendo como norte esa formación del buen ciudadano.

Criminología V

CRIMINOLOGÍA

Medios de comunicación social. 

Los medios de comunicación social juegan un papel fundamental, un papel de suma importancia en el proceso de desarrollo de la sociedad en general ya que tiene que ver cómo los individuos interactúan entre sí, siendo de igual manera la comunicación portadora básica de ese proceso social. ¿Y por qué se dice que es portadora básica del proceso social?, porque gran parte de las personas es influenciada y movida por los medios de comunicación social, por lo tanto, dichos medios asumen un rol de gran magnitud en cuanto violencia y agresividad se refiere, lo cual, posteriormente desencadena en actos delictivos muchos más graves. Precisamente con relación a este punto a un libro de Raúl Zaffaroni que se llama "La palabra de los muertos", el cual explica como los medios de comunicación social influyen de manera significativa en las personas con informaciones totalmente falsas.

Así como los medios influyen de manera negativa, también lo hacen de forma positiva, promoviendo la cultura, la educación, ya que en nuestra legislación venezolana tenemos la Ley de Responsabilidad Social en Radio Televisión y Medios Electrónicos, que tiene como objetivo, como norte, contribuir a la formación ciudadana, a ese desarrollo de los derechos humanos, a la paz, a la educación, a la cultura, al respeto que va de la mano con la tolerancia, todo de conformidad con los principios constitucionales.

Criminología IV

CRIMINOLOGÍA

Ideología.  

La ideología se puede conceptualizar de dos maneras:

1. Doctrina filosófica centrada en el estudio del origen de las ideas.

2. Conjunto de ideas fundamentales que caracteriza el pensamiento de una persona, colectividad o época, de un movimiento cultural, religioso o político, etc.

Estableciendo el anterior punto de partida, se puede decir que hoy día gran parte de la ideología de las personas es influenciada, es afectada por los medios de comunicación social.

Al establecer la relación ideología-criminología, nos encontramos que la carencia académico-intelectual es una de las principales causas de la conducta antisocial, por la falta del entendimiento de esos valores morales y jurídicos.

Cuando se hace la relación delincuente-ideología, las ideas fundamentales que caracteriza el pensamiento de ese delincuente, es el ostento de poder; el capital, el dinero; la venganza.