11 de julio de 2017

11/7/2017 Plebiscito

La frase del día:
…creían que tenían todas las respuestas y las preguntas les fueron cambiadas

PLEBISCITO

El plebiscito nacional de Chile de 1988 fue un referéndum realizado en ese país el miércoles 5 de octubre de 1988, durante el Régimen Militar. En aplicación de las disposiciones transitorias (27 a 29) de la Constitución Política de 1980, este plebiscito se llevó a cabo para decidir si Augusto Pinochet seguía o no en el poder hasta el 11 de marzo de 1997.


La frase del día:
…creían que tenían todas las respuestas y las preguntas les fueron cambiadas

11/7/2017 Grafotécnica Luisa Ortega

La frase del día:
…creían que tenían todas las respuestas y las preguntas les fueron cambiadas

Caracas, cuatro (04) de julio de 2017
Año 207° y 158°

En fecha cuatro (04) de julio de 2017, tuvo lugar la audiencia oral y pública fijada por esta Sala Plena mediante decisión N° 44, publicada en fecha 28 de junio de 2017, de conformidad con lo establecido en los artículos 117 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 379 del Código Orgánico Procesal Penal, en el procedimiento de antejuicio de mérito intentado por el ciudadano Pedro Carreño, Diputado a la Asamblea Nacional, contra la ciudadana Luisa Ortega Díaz, Fiscal General de la República, por la presunta comisión de las faltas graves en el ejercicio de su cargo, de conformidad con lo previsto en el artículo 279 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los numerales 4, 5, 8 y 9 del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano y artículo 23, numerales 2 y 3 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, la cual fue admitida en cuanto ha lugar en derecho mediante la sentencia N° 43 de esta Sala, publicada el 27 de junio de 2017.

En la misma fecha, la Sala Plena se reconstituyó por la ausencia temporal justificada de las magistradas doctoras María Carolina Ameliach Villarroel y Gladys María Gutiérrez Alvarado, siendo incorporados los magistrados suplentes doctores Emilio Antonio Ramos González y René Alberto Degraves Almarza.

En el desarrollo de la referida audiencia, intervinieron los ciudadanos Pedro Carreño, Diputado a la Asamblea Nacional, solicitante en la presente causa; el ciudadano Javier José Hernández Acevedo, en su condición de Defensor Público Segundo con competencia para actuar ante la Sala Plena y la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, quien fue designado y juramentado como Defensor Público de la ciudadana Luisa Ortega Díaz, Fiscal General de la República, dada la incomparecencia de ésta y de abogado defensor privado válida y legalmente designado, siguiendo lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y en obsequio al derecho a la defensa consagrado en el artículo 49, numeral 1, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; así como los ciudadanos Tarek Williams Saab, Defensor del Pueblo y Manuel Galindo Ballesteros, Contralor General de la República, en su carácter de Presidente e integrante del Consejo Moral Republicano, respectivamente.

Ahora bien, siendo que con sus intervenciones los ciudadanos Pedro Carreño, Diputado a la Asamblea Nacional y los ciudadanos Tarek Williams Saab y Manuel Galindo Ballesteros, del Consejo Moral Republicano (Poder Ciudadano), solicitaron la realización de la prueba grafotécnica sobre la autenticidad de la firma de la ciudadana Luisa Ortega Díaz, titular de la cédula de identidad N° V-4.555.631, Fiscal General de la República, esto es, si fue realizada por su persona, en el acta N° II de la sesión ordinaria del Consejo Moral Republicano de fecha 21 de enero de 2016, firmada por todos los miembros del referido Consejo y por su Secretaria Ejecutiva Permanente, ciudadana María José Marcano Bermúdez, que se encuentra plasmada en el libro de actas correspondiente, que fue exhibido en original por el Presidente del Poder Ciudadano y cuya copia fue consignada en el expediente de la presente causa, esta Sala Plena ADMITE y ACUERDA que sea practicada, dada su procedencia, legalidad y pertinencia con la finalidad de su apreciación y de ese modo, esclarecer la verosimilitud y ocurrencia fáctica de elementos bajo examen en el presente antejuicio de mérito.

A tales fines, se ORDENA al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, con el objeto de que practique la experticia grafotécnica correspondiente y presente ante esta Sala, el informe pericial resultante en el lapso perentorio más inmediato.

Se ordena oficiar al ciudadano Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) a los fines legales consiguientes.

Publíquese, regístrese, notifíquese y ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.

 Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los cuatro (04) días del mes de  julio de dos mil diecisiete. Año: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.

N° Sentencia: 51

N° Expediente: 2017-000073

Procedimiento: Auto
Partes: El ciudadano Pedro Carreño, actuando en su condición de Diputado de la Asamblea Nacional contra la abogada Luisa Ortega Díaz, en su condición de Fiscal General de la República.
Decisión: La Sala Plena ADMITE y ACUERDA que sea practicada la prueba grafotécnica sobre la autenticidad de la firma de la ciudadana Luisa Ortega Díaz, titular de la cédula de identidad N° V-4.555.631 en el Acta N° II de la sesión ordinaria del Consejo Moral Republicano de fecha 21 de enero de 2016, dada su procedencia, legalidad y pertinencia con la finalidad de su apreciación y de ese modo, esclarecer la verosimilitud y concurrencia fáctica de elementos bajo examen en el presente antejuicio de mérito. A tales fines, se ORDENA al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, con el objeto de que practique la experticia grafotécnica correspondiente y presente ante esta Sala, el informe pericial resultante en el lapso perentorio más inmediato.
Ponente: Marjorie Calderón Guerrero


La frase del día:
…creían que tenían todas las respuestas y las preguntas les fueron cambiadas

10 de julio de 2017

10/7/2017 Refractarios

La frase del día:
Debemos desconfiar unos de otros. Es nuestra única defensa contra la traición Tennessee Williams

1) Delincuentes profesionales refractarios al trabajo: son sujetos que sienten una profunda aversión al trabajo honrado y, por lo mismo, derivan su subsistencia del delito, generalmente contra la propiedad; con el producto del hecho criminoso vegetan durante un tiempo; acabado aquel, reinciden en el crimen; son parásitos sociales cuya habitualidad delincuencial los hace especialmente peligrosos.

REFERENCIA bibliográfica:
Criminología. ALFONSO REYES ECHANDÍA. Editorial Temis. 2003. p. 35.

La frase del día:
Debemos desconfiar unos de otros. Es nuestra única defensa contra la traición Tennessee Williams

9 de julio de 2017

9/7/2017 C. Real

La frase del día:
Toda persona con aparente sumisión se encuentra en su interior en permanente rebeldía

CRIMINALIDAD real

Es la totalidad de delitos y contravenciones que efectivamente se realizan en un tiempo y espacio determinados, independientemente de que hayan sido o no investigados o siquiera conocidos por la autoridad o los particulares.

REFERENCIA bibliográfica:
Criminología. ALFONSO REYES ECHANDÍA. Editorial Temis. 2003. p. 21.

La frase del día:
Toda persona con aparente sumisión se encuentra en su interior en permanente rebeldía

9/7/2017 Crímenes Odio

La frase del día:
Toda persona con aparente sumisión se encuentra en su interior en permanente rebeldía

CRÍMENES de odio

Actualmente, los crímenes de odio —aquellos “actos criminales motivados por prejuicio basado en una característica protegida, como raza, religión, etnicidad, origen nacional, orientación sexual, género, identidad de género, discapacidad u otros estatus“— son considerados en la práctica como delitos comunes o crímenes pasionales.

La definición proviene de la Organización para la Seguridad y Cooperación de Europa (OSCE) y la Oficina para Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (ODIHR) en su documento Hate Crimen Laws: A Practical Guide. El crimen de odio se debe diferenciar del discurso de odio, porque no son lo mismo. Mientras el discurso pretende incitar a la violencia, el crimen lo hace explícito.

El término surgió en 1985, en Estados Unidos, cuando una oleada de crímenes basados en prejuicios raciales, étnicos y nacionalistas fueron investigados por el Federal Bureau of Investigation (FBI).

Según señala un documento del Centro de Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), ‘Crímenes de odio como concepto de trabajo’, este término fue posteriormente utilizado por los medios de comunicación por su impacto en los titulares, pero al mismo tiempo abrió una nueva línea de investigación académica.

El FBI, según consigna el mismo documento, sostiene que un crimen de odio, “también conocido como crimen por prejuicio, es una ofensa criminal cometida contra una persona, propiedad o comunidad, la cual es motivada, completa o parcialmente, por el prejuicio del infractor en contra de una raza, religión, discapacidad, orientación sexual, etnia o origen nacional”.


La frase del día:
Toda persona con aparente sumisión se encuentra en su interior en permanente rebeldía

9/7/2017 Paradigmas [2]

La frase del día:
Toda persona con aparente sumisión se encuentra en su interior en permanente rebeldía

PARADIGMAS EN LA INVESTIGACIÓN SOCIAL

     UBICACIÓN DEL INVESTIGADOR Y DE LO INVESTIGADO DESDE LA PERSPECTIVA DE LA INVESTIGACIÓN: en primer lugar, hay que ubicar el problema, lo que permite que la investigación, la ciencia o el trabajo científico avancen. La formulación del problema es el primer paso del proceso de investigación. Ahora bien, luego, hay que identificar el problema, planteándolo y delimitándolo. Asimismo, los datos del problema hay que expresarlos con claridad mediante la descomposición dimensional, estableciendo sus constituyentes variables en dimensiones. Hay que definir claramente los términos que definen al problema. El investigador debe ubicarse desde una óptica meramente explicativa y que resuelva las incógnitas con relación al planteamiento del problema, por lo tanto, debe existir una relación entre lo que se investigará y los conocimientos de quien lo investiga, para que así, la investigación pueda brindar resultados satisfactorios; estableciendo, de igual forma, armonía con las herramientas que lo ayudarán en su investigación. Una vez que se plantee el problema a investigar y la formulación del mismo, hay que consignar el objetivo de la investigación y su clasificación. 

     POSITIVISMO: doctrina que se niega admitir otra realidad que no sean los hechos e investiga relaciones entre estos hechos, la realidad son hechos y relaciones de estos hechos. Rechaza el conocimiento metafísico y todo conocimiento a priori. El método propio de las ciencias naturales, el que se aplicará a lo social, es el que permite establecer un conocimiento. Doctrina que se funda en hechos y la relación entre esos hechos, siendo que estos estos son la única realidad científica. El positivismo jurídico no debe separarse del sociológico, ya que el Derecho es producto de la sociedad.

     MÉTODOS DE LA CIENCIA EN LA INVESTIGACIÓN: encontramos dos métodos clásicos, la deducción y la inducción. En el primero, se establece que es un procedimiento que va de lo general a lo particular, del principio a las consecuencias, de las causas a los efectos y de la ley a los fenómenos; y, en la inducción, el procedimiento va de lo particular a lo general. Partiendo de la indagación de casos particulares, se formulan leyes generales que rigen los fenómenos.       

     AXIOMAS DE LA COMUNICACIÓN EN EL CONSTRUCCIONISMO SOCIAL
No es posible no comunicar. - Los elementos de la comunicación. - La naturaleza de una relación. - La comunicación humana es verbal y no verbal. - La comunicación es simétrica o complementaria.

     El CONSTRUCCIONISMO SOCIAL busca explicar cómo las personas llegan a describir, explicar o dar cuenta del mundo en dónde viven. Puede comprenderse en base al empirismo y al racionalismo. Los conceptos, que son las construcciones o artefactos sociales que permiten el intercambio y la comunicación en determinado contexto histórico. Nada viene de nosotros, sino de las personas con quienes nos relacionamos. Se establece teoría sociológica y también psicológica del conocimiento.

     ESCUELA DE LA TEORÍA CRÍTICA: esta escuela establece al análisis de la sociedad contemporánea y al estudio de sus procesos culturales desde la óptica de la
teoría con enfoques meramente críticos, trabajando a partir de dos perspectivas metodológicas, distinción entre razón crítica y razón instrumental. Busca saber usar la teoría del conocimiento, estableciendo que el conocimiento también está mediado por la experiencia, por la sociedad y su dinámica cultural e histórica.

La frase del día:
Toda persona con aparente sumisión se encuentra en su interior en permanente rebeldía

9/7/2017 Paradigmas

La frase del día:
Toda persona con aparente sumisión se encuentra en su interior en permanente rebeldía

PARADIGMAS EN LA INVESTIGACIÓN SOCIAL

     La doctrina filosófica que estudia el conocimiento científico y la forma en que actúan los individuos para ampliar los horizontes de la ciencia, es lo que llamamos la epistemología. Fundamentalmente se ocupa del origen, trascendencia y finalidad del conocimiento. 

     EPISTEME = CIENCIA. La epistemología trata de los problemas planteados por la ciencia. Se enfoca en la naturaleza del conocimiento, relación entre la realidad y la verdad. Estudia problemas relacionados con el conocimiento propiamente científico.

     Toda postura del investigador debe ser reflejada con precisión. Los paradigmas son complementarios, no son excluyentes. Pueden ser utilizados de manera conjunta en las investigaciones.

     Al hablar de investigación, es necesario aclarar que los modos de acción del ser humano están supeditados a la línea del pensamiento, producto del ejercicio cotidiano en la vida diaria del ser humano.

     Los enfoques de la investigación se circunscriben, en:

- Métodos científicos.

- Ciencias naturales o exactas: relación sujeto-objeto, experimentación, objetividad, verificación, validez, confiabilidad.

- Positivismo.

     Todo lo anterior, es un enfoque cuantitativo. Ahora bien, tenemos un enfoque cualitativo que se establece, en:

 * Ciencias sociales y humanas: relación sujeto-objeto, flexibilidad, rigurosidad y sistematicidad.

* Educación.

     En los paradigmas para producir conocimientos, se encuentran: - Empírico analítico. - Técnico. - Predicción y control. - Sociocrítico. - Emancipatorio. - Develar y romper. - Histórico hermenéutico. - Práctico. - Ubicación y orientación. La investigación permite la expansión del conocimiento; genera respuestas concretas a problemáticas; favorece la aportación de alguna alternativa de cambio. En toda investigación hay que plantear el problema y la solución del mismo.

La frase del día:
Toda persona con aparente sumisión se encuentra en su interior en permanente rebeldía