8 de agosto de 2016

08-08-2016 Procesal Penal (8)

Frase reflexiva:
Busque el mejor momento para actuar

N° de Expediente: 99-957 N° de Sentencia: 51
Tema: Circunstancias Atenuantes
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: La apreciación de una circunstancia atenuante no enumerada especialmente por la Ley.
Martes, 01 de Febrero de 2000

ha sido criterio reiterado de este Alto Tribunal, que la apreciación de una circunstancia atenuante, no enumerada especialmente por la ley, es materia que compete a la soberanía de los sentenciadores del mérito(...) El legislador autoriza al juez de instancia, para que, a su criterio, admita o no cualquier otra de las circunstancias de igual entidad a las indicadas. Entre estas circunstancias genéricas bien pudiera ser la buena conducta del encausado, que a su juicio aminore la gravedad del hecho. No obstante, siendo ello facultativo de los jueces de mérito, es consecuencial, que también es de su soberanía apreciar si los hechos de autos configuran o no dicha atenuante

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Busque el mejor momento para actuar

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