Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO.
Es importante resaltar que la norma del artículo 346, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, que se delata como infringida por el Tribunal de Alzada, establece:
“Artículo 346. La sentencia contendrá:
…
3. La determinación precisa y circunstanciada de los hechos que el tribunal estime acreditados. …”.
En dicha norma, se encuentran establecidos los requisitos formales que debe contener la sentencia, sin embargo, específicamente en cuanto a este numeral, refiere un requisito que solo es potestad del Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio que haya conocido sobre los hechos debatidos, por cuanto es en ese momento procesal la única oportunidad que tiene el Juez de Juicio, de estructurar de manera lógica y razonada, (luego de presenciar de manera ininterrumpida el debate), los hechos conforme el acervo probatorio y su apreciación, en atención del principio de inmediación.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"Las latas vacías siempre hacen más ruido que las llenas"
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