7 de noviembre de 2014

Tipos Delincuentes II

CRIMINOLOGÍA

CLASIFICACIÓN DE LOS DELINCUENTES SEGÚN ASCHAFFEMBURG


Este autor elabora su clasificación atendiendo más a la puesta en peligro de la seguridad jurídica, a decir de GOPPINGER. De acuerdo con el autor alemán existe siempre en todo delincuente una especial predisposición para el crimen, por lo que su visión para la delincuencia obedece básicamente a factores constitucionales.

Clasifica al delincuente en la siguiente categoría:

1° Delincuente Casual: Comete delitos por negligencia, imprudencia, impericia o inobservancia.

2° Delincuente por Afecto: El tipo afectivo es asociado con el Delincuente Pasional de LOMBROSO.

3° Delincuente Ocasional: La ocasión se le presenta, conllevándolo al delito.

4° Delincuente Premeditado: Prepara el delito con antelación y en detalle.

5° Delincuente Reincidente: Se convierte en reincidente al cometer un segundo delito.

6° Delincuente Habitual: Hace del delito un hábito del que difícilmente puede salir.

7° Delincuente Profesional: Este tipo delictivo se ubica dentro de la delincuencia organizada.

Fuente: SÍNTESIS CRIMINOLÓGICA. Moira E. MARTÍNEZ A. P.164.  

6 de noviembre de 2014

485

DERECHO PENAL

LIBRO TERCERO
De las Faltas en General

TÍTULO I
De las Faltas Contra el Orden Público

Capítulo I
De la Desobediencia a la Autoridad

NEGATIVA A IDENTIFICARSE ANTE LA AUTORIDAD

El que, interrogado por un funcionario público en ejercicio de su ministerio, rehúse dar su nombre y apellido, su estado o profesión el lugar de nacimiento o domicilio o cualquiera otra cualidad personal, será penado con multa de diez unidades tributarias (10 U.T.) a cincuenta unidades tributarias (50 U.T.). Si fueren mentirosas las indicaciones dadas, la multa puede ser de cincuenta unidades tributarias (50 U.T.) a ciento cincuenta unidades tributarias (150 U.T.).

Fuente: Código Penal. 13-04-2005. Gaceta Oficial No. 5768.  

5 de noviembre de 2014

Tipos Delincuentes

CRIMINOLOGÍA

CLASIFICACIÓN DE LOS DELINCUENTES SEGÚN LOMBROSO

Delincuente Nato. LOMBROSO afirmaba que estos delincuentes representaron el 40% de todos los sujetos estudiados por él. Se diferencia de los demás por ciertas características anatómicas, psicológicas y funcionales bien definidas.

Delincuente Loco. Guarda relación con el Nato pero padece de una enfermedad mental bien definida. Entre estos delincuentes incluye al Matoide, el cual tiene los síntomas de la imbecilidad y la megalomanía, amigo de pleitos, polémico y rabioso; el Epileptoide, el Loco Moral, el Psicópata, el Alcohólico y el Histérico.

Delincuente Pasional. Actúa por violencia pasional, son impulsivos, pero dados al arrepentimiento, en estos individuos el crimen se presenta aislado y frecuentemente en los años de juventud. En esta categoría incluye al Delincuente Político.

Delincuente Ocasional. Delinque por factores externos pero agrega LOMBROSO que en el fondo tienen en su psiquis elementos hereditarios que lo hacen delinquir. Los subdivide en Pseudodelincuentes, cuyos actos son involuntarios, no demuestran perversidad y los hechos donde se involucran no causan daño social grave; el Criminaloide, esta categoría se extiende desde el hombre normal al Delincuente Nato, posee una tendencia orgánica especial pero en menor grado que el Nato propiamente dicho y sólo actúan cuando la ocasión se les presenta; los Habituales, individuos psíquicamente normales, sin inclinaciones natas delictivas pero la compañía con delincuentes los convierte en un habitual.

Fuente: SÍNTESIS CRIMINOLÓGICA. Moira E. MARTÍNEZ A. PP.162, 163. 

484

DERECHO PENAL

LIBRO TERCERO
De las Faltas en General

TÍTULO I
De las Faltas Contra el Orden Público

Capítulo I
De la Desobediencia a la Autoridad

OMISIÓN DE AYUDA O SERVICIO

Art. 484.- El que, en caso de tumulto, de calamidad o de flagrante hecho punible haya rehusado, sin justos motivos, prestar su ayuda o servicio, o bien se haya excusado de facilitar las indicaciones o noticias que se le exijan por un funcionario público en ejercicio de su ministerio, será castigado con multa de diez unidades tributarias (10 U.T.) a cincuenta unidades tributarias (50 U.T.). Si fueren mentirosas las indicaciones o noticias comunicadas, la multa podrá ser de cincuenta unidades tributarias (50 U.T.) a doscientas cincuenta unidades tributarias (250 U.T.).

Fuente: Código Penal. 13-04-2005. Gaceta Oficial No. 5768. 

4 de noviembre de 2014

Delincuente

CRIMINOLOGÍA

Una definición amplia del delincuente es la de JOSÉ RAFAEL MENDOZA, quien señala, "El delincuente es aquél que teniendo inteligencia y libertad, como los demás, quiere cometer hechos que ofenden a los derechos ajenos, y a la organización impuesta por la sociedad; por tanto, para calmar la alarma causada con su acto y para restaurar el orden jurídico violado por él se le somete a enjuiciamiento, se le declara responsable de su acción y se le castiga".

Desde el punto de vista criminológico, el delincuente no es solamente el sujeto que actúa con discernimiento al violar la norma penal, sino un individuo que llega al crimen por una multiplicidad de factores, desde aquellos que tienen que ver con su aspecto biológico, como los que se relacionan con su entorno social, sus vivencias, sus traumas, y todo cuanto pueda, en un momento dado, desencadenar un comportamiento criminal o inadecuado. Es decir, que en el concepto criminológico del delincuente están implícitos muchos más factores que los contenidos en el concepto meramente penal, siendo lo más importante en el campo de la criminología todo cuanto implica la personalidad del delincuente y el estado de esa personalidad en el momento de cometer el hecho.

Fuente: SÍNTESIS CRIMINOLÓGICA. Moira E. MARTÍNEZ A. PP.161, 162. 

481; 482

DERECHO PENAL

DISMINUCIÓN DE LA PENA. CASOS

Art. 481.- En lo que concierne a los hechos previstos en los Capítulos I, III, IV y V del presente Título, y en los artículos 473, en su parte primera, 475 y 478, no se promoverá ninguna diligencia en contra del que haya cometido el delito:

1. En perjuicio del cónyuge no separado legalmente.

2. En perjuicio de un pariente o afín en línea ascendente o descendente; del padre o de la madre adoptivos, o del hijo adoptivo.

3. En perjuicio de un hermano o de una hermana que viva bajo el mismo techo que el culpable.

La pena se disminuirá en una tercera parte si el hecho se hubiere ejecutado en perjuicio de su cónyuge legalmente separado, de un hermano o de una hermana que no vivan bajo el mismo techo con el autor del delito, de un tío, de un sobrino o de un afín en segundo grado, que vivan en familia con dicho autor; y no se procederá sino a instancia de parte.

Fuente: Código Penal. 13-04-2005. Gaceta Oficial No. 5768. 

VALOR DE LA COSA. DETERMINACIÓN

Art. 482.- En lo que concierne a los delitos especificados en el presente Título el juez podrá aumentar la pena hasta con la mitad de su señalamiento, si el valor de la cosa sobre la cual ha recaído el delito, o el que corresponda al daño que éste ha causado, fuere de mucha importancia. Podrá al contrario disminuirla hasta la mitad, si es ligero y hasta la tercera parte si fuere levísimo.

Para determinar el valor se tendrá en cuenta, no el provecho que reporta el culpable sino el valor que tuviera la cosa y el daño que se ha causado en la época misma del delito.

Las indicadas reducciones de penas, no serán aplicables si el culpable era reincidente en algún delito de la misma naturaleza, o si se tratare de alguno de los delitos previstos en el Capítulo II del presente Título. 

3 de noviembre de 2014

Criminalidad

CRIMINOLOGÍA

Es el fenómeno que tiene que ver con la producción del crimen en una sociedad determinada, dentro de un lapso determinado y susceptible de ser observado como una agregación numérica de delitos individuales y de ser medida en su extensión y volumen. 

Características de la Criminalidad.

1.- Es un fenómeno social.

2.- Es un fenómeno humano.

3.- Es un fenómeno variable.

4.- Es un fenómeno complejo.

5.- Es un fenómeno plural.
  
"El medio social es el caldo de cultivo de la criminalidad. La sociedad es cómplice y hace que subsista el criminal, en consecuencia, la sociedad tiene a los delincuentes que se merece" Teoría de Lacassagne llamada TEORÍA MICROBIOLÓGICA DEL DELITO.

Fuente: SÍNTESIS CRIMINOLÓGICA. Moira E. MARTÍNEZ A. PP.119, 120, 121, 122, 123.