17 de abril de 2016

17-04-2016 UCCVDF (ii)


Unidades Criminalísticas Contra la Vulneración de Derechos Fundamentales (UCCVDF)

Es por tanto, a fin de evitar la impunidad frente a la violación de derechos humanos donde  estén  señalados  como  presuntos responsables funcionarios de seguridad del Estado, la Fiscal General de la República Dra. Luisa Ortega Díaz, promueve el 23 de diciembre de 2008 la creación de las Unidades Criminalísticas Contra la Vulneración de Derechos Fundamentales (Área Metropolitana de Caracas y Barquisimeto, estado Lara).

Dichas Unidades, están capacitadas para practicar peritajes y experticias técnico científicas en las áreas de: Inspecciones Técnicas, Levantamientos Planimétricos, Balística, Biológico, Físico-Químico, Físico-Comparativa, Microscopia Electrónica, Audiovisuales, Médico Legales, Anamopatológicas, Toxicológicas, Antropológicas, Odontológicas, Genéticas, entre otras.

En el año 2011 la Unidad Criminalística del Ministerio Público investigó el fallecimiento de tres detenidos en las celdas del Departamento de Aprehensiones del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas ubicadas en El Rosal. Dichas actuaciones, fueron utilizadas como medios de prueba durante la fase de juicio de cinco funcionarios del mencionado cuerpo de seguridad del Estado, quienes fueron condenados en el año 2014 a 17 años de prisión. Vea a continuación un breve resumen sobre las experticias y diligencias de investigación realizadas:


Otro caso trabajado por los expertos de la Unidad Criminalística Contra la Vulneración de Derechos Fundamentales fue el de la muerte de una madre de 40 años y su hija adolescente, ocurrida el 4 de julio de 2013 en el sector Las Calderas, municipio Colinas del estado Falcón, cuando efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana dispararon contra el vehículo en el cual ambas se desplazaban.

Las experticias y diligencias de investigación practicadas por los expertos adscritos a la Unidad Criminalística fueron indispensables para que los funcionarios admitieran su responsabilidad lo cual permitió, ante la acusación presentada, que el 14 de mayo de 2014 fueran condenados los 13 efectivos a penas que oscilan entre los 7 y 15 años de prisión.

Entre las experticias realizadas se encuentran: reconocimiento técnico y comparación balística, experticia química para la determinación de iones oxidantes (ropa) y la experticia hematológica para la determinación del grupo sanguíneo. Mientras que las diligencias de investigación llevadas a cabo: Inspección técnica del sitio del suceso, inspección del vehículo (víctimas), inspección del vehículo de los funcionarios, trayectoria balística, levantamiento planimétrico, levantamiento planimétrico versado, entrevistas a testigos presenciales y referenciales.

17-04-2016 Temas Introducción (I)


TEMAS DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO (I)
(PREGRADO)

Tema No. 1. EL CONCEPTO DE DERECHO.

Tema No. 2. EL DERECHO OBJETIVO.

Tema No. 3. LOS GRADOS DEL CONOCIMIENTO.

Tema No. 4. LA JUSTICIA.

Tema No. 5. LA NORMA JURÍDICA.

Tema No. 6. CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS.

Tema No. 7. EL DERECHO Y LA MORAL.

Tema No. 8. LOS USOS SOCIALES.

Tema No. 9. LAS FUENTES DEL DERECHO.

Tema No. 10. LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY.

Fuente de la información: Programa de Derecho del Primer Semestre de la Universidad Santa María (USM), núcleo Oriente.


Fuente de las imágenes:

17-04-2016 Tributario (90)

Frase reflexiva:
Cuando el camino se pone duro, sólo los duros caminan

CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO

TÍTULO III
De los Ilícitos Tributarios y de las Sanciones

Capítulo I
Parte General

Artículo 90. Las sanciones aplicables son:

1. Prisión.

2. Multa.

3. Comiso y destrucción de los efectos materiales objeto del ilícito o utilizados para cometerlo.

4. Clausura temporal del establecimiento o áreas del mismo.

5. Inhabilitación para el ejercicio de oficios y profesiones.

6. Suspensión o revocación de la autorización de industrias o expendios.

Frase reflexiva:
Cuando el camino se pone duro, sólo los duros caminan

17-04-2016 Tributario (89)

Frase reflexiva:
Cuando el camino se pone duro, sólo los duros caminan

CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO

TÍTULO III
De los Ilícitos Tributarios y de las Sanciones

Capítulo I
Parte General

Artículo 89. Las sanciones, salvo las penas restrictivas de libertad, serán aplicadas por la Administración Tributaria, sin perjuicio de los recursos que contra ellas puedan ejercer los contribuyentes o responsables.

Las penas restrictivas de libertad y la inhabilitación para el ejercicio de oficios y profesiones sólo podrán ser aplicadas por los órganos judiciales competentes, de acuerdo al procedimiento establecido en la ley procesal penal.

Frase reflexiva:
Cuando el camino se pone duro, sólo los duros caminan

17-04-2016 Tributario (88)

Frase reflexiva:
Cuando el camino se pone duro, sólo los duros caminan

CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO

TÍTULO III
De los Ilícitos Tributarios y de las Sanciones

Capítulo I
Parte General

Artículo 88. Los autores, coautores y partícipes responden solidariamente por las costas procesales.

Frase reflexiva:
Cuando el camino se pone duro, sólo los duros caminan

17-04-2016 Tributario (87)

Frase reflexiva:
Cuando el camino se pone duro, sólo los duros caminan

CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO

TÍTULO III
De los Ilícitos Tributarios y de las Sanciones

Capítulo I
Parte General

Artículo 87. Las personas jurídicas, asociaciones de hecho y cualquier otro ente a los que las normas le atribuyan condición de sujeto pasivo, responden por los ilícitos tributarios. Por la comisión de los ilícitos sancionados con penas restrictivas de la libertad, serán responsables sus directores, gerentes, administradores, representantes o síndicos que hayan personalmente participado en la ejecución del ilícito.

Frase reflexiva:
Cuando el camino se pone duro, sólo los duros caminan

17-04-2016 Procesal Penal (40)

N° de Expediente: C09-300 N° de Sentencia: 138
Tema: Acusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Tribunal de Control-para declarar la inadmisibilidad de la acusación fiscal entró a analizar los elementos de pruebas ofrecidos en la acusación.
Miércoles, 12 de Mayo de 2010

... es en la etapa del juicio donde el juez valora y aprecia el acervo probatorio, actividad esta que le permite pronunciarse de una manera motivada, lógica y clara acerca de la culpabilidad o inocencia del acusado en los hechos que se le atribuyen.

En consecuencia, la Sala considera que tanto la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Control ... como la dictada por la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal, incurrieron en el vicio denunciado por el Ministerio Público acerca de que el tribunal de control para declarar la inadmisibilidad de la acusación fiscal ... entró a analizar los elementos de pruebas ofrecidos con la acusación. Por ello, lo procedente es declarar con lugar el recurso de casación interpuesto por el Fiscal del Ministerio Público ... Por consiguiente, se declara la nulidad de los fallos dictados ... por el Tribunal Tercero de Control ... por la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal.