12 de abril de 2024

Actas Policiales [10] [12-04-2024]

La frase del día 
"Las historias son la forma más universal de comunicación humana"

ACTAS POLICIALES

Sujetos procesales.- El protocolo de actuación para la redacción de actas policiales en el desarrollo de una investigación penal, establece como sujetos procesales a las personas naturales y jurídicas que intervienen en el proceso penal, cualquiera sea su rol o grado de participación. 

Encontramos como sujetos procesales a la víctima, testigos y victimario(a).

Fuente de la información 
Protocolo de Actuación: Redacción de Actas Policiales. Taller efectuado en fecha 01-04-2024 por parte del Centro Simón Rodríguez (CSR).

Palabras clave: acta policial, Código Orgánico Procesal Penal, investigación, militares, policiales, funcionario, judiciales, fiscales, nulidad, basamento legal, documentos públicos, documentos privados, instrumentos públicos, documentos públicos administrativos, sujetos procesales.

La frase del día 
"Las historias son la forma más universal de comunicación humana"

Actas Policiales [9] [12-04-2024]

La frase del día 
"Las historias son la forma más universal de comunicación humana"

ACTAS POLICIALES

Documentos públicos administrativos. Impugnación. Concepto

Mientras esta impugnación no tenga lugar, mientras el interesado no aporte al proceso pruebas idóneas para restar o quitar valor a los documentos públicos administrativos, los mismos surtirán efecto probatorio.

Si bien el documento administrativo no se identifica con el documento público, no puede negarse que el mismo, si llena las formalidades necesarias y está suscrito por el funcionario competente, hace plena prueba de lo que se quiere demostrar.

Esta especie de documentos -los administrativos- conforman una tercera categoría dentro del género de la prueba documental, y por tanto, no pueden asimilarse plenamente a los documentos públicos, ni a los documentos privados. La especialidad de los antecedentes administrativos radica, fundamentalmente, en que gozan de una presunción de legitimidad, autenticidad y veracidad, pero tal presunción puede ser desvirtuada mediante prueba en contrario.

Fuente de la información 
Protocolo de Actuación: Redacción de Actas Policiales. Taller efectuado en fecha 01-04-2024 por parte del Centro Simón Rodríguez (CSR).

Palabras clave: acta policial, Código Orgánico Procesal Penal, investigación, militares, policiales, funcionario, judiciales, fiscales, nulidad, basamento legal, documentos públicos, documentos privados, instrumentos públicos, documentos públicos administrativos. 

La frase del día 
"Las historias son la forma más universal de comunicación humana"

Actas Policiales [8] [12-04-2024]

La frase del día 
"Las historias son la forma más universal de comunicación humana"

ACTAS POLICIALES

Documentos públicos administrativos.- Son aquellos realizados por un funcionario competente actuando en el ejercicio de sus funciones, pero no se refiere a negocios jurídicos de los particulares, sino que tratan de actuaciones de los referidos funcionarios que versan, bien sobre manifestaciones de voluntad del órgano administrativo que la suscribe, conformando la extensa gama de los actos constitutivos (concesiones, autorizaciones, habilitaciones, admisiones, suspensiones, sanciones, etc), o bien constituyen manifestaciones de certeza jurídica que son las declaraciones de ciencia y conocimiento, que a su vez, conforman la amplia gama de los actos declarativos (certificaciones, verificaciones, registros, etc.), y que por tener la firma de un funcionario administrativo están dotados de una presunción desvirtuable de veracidad y legitimidad de su contenido, en razón del principio de ejecutividad y ejecutoriedad que le atribuye el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, y por tanto deben considerarse ciertos hasta prueba en contrario. 

Fuente de la información 
Protocolo de Actuación: Redacción de Actas Policiales. Taller efectuado en fecha 01-04-2024 por parte del Centro Simón Rodríguez (CSR).

Palabras clave: acta policial, Código Orgánico Procesal Penal, investigación, militares, policiales, funcionario, judiciales, fiscales, nulidad, basamento legal, documentos públicos, documentos privados, instrumentos públicos, documentos públicos administrativos. 

La frase del día 
"Las historias son la forma más universal de comunicación humana"

11 de abril de 2024

Actas Policiales [7] [11-04-2024]

La frase del día 
"En el fracaso podemos ver quién se quedó y quién se fue"

ACTAS POLICIALES

Prueba documental.- La prueba documental se divide en dos tipos: documentos públicos (documento públicos e instrumentos públicos) y documentos privados.

1.- Documentos públicos.- Son documentos emitidos por funcionarios de instituciones públicas. Estos documentos gozan de fe pública, es decir, se cree que son ciertos, y para que pierdan su validez, debe demostrarse la falsedad de su información. Los instrumentos públicos son escrituras emitidas por los notarios.

2.- Documentos privados.- Son todos aquellos escritos en que se incluyan, sin la intervención de un notario, declaraciones capaces de producir efectos jurídicos. Mientras no se compruebe la autenticidad de las firmas del documento, no valen como prueba judicial. Una vez comprobadas las firmas, tienen validez como documento público.

Fuente de la información 
Protocolo de Actuación: Redacción de Actas Policiales. Taller efectuado en fecha 01-04-2024 por parte del Centro Simón Rodríguez (CSR).

Palabras clave: acta policial, Código Orgánico Procesal Penal, investigación, militares, policiales, funcionario, judiciales, fiscales, nulidad, basamento legal, documentos públicos, documentos privados, instrumentos públicos. 

La frase del día 
"En el fracaso podemos ver quién se quedó y quién se fue"

Actas Policiales [6] [11-04-2024]

La frase del día 
"En el fracaso podemos ver quién se quedó y quién se fue"

ACTAS POLICIALES

Tipos de documento en cuanto a su valor probatorio.

- Tenemos los documentos públicos, documentos privados, documentos públicos administrativos. 

- Las pruebas se encuentran establecidas en el Código Civil, específicamente en el Capítulo V desde el artículo 1.354.

- Las pruebas por escrito, es decir, instrumentos públicos y privados, se encuentran en el Código de Procedimiento Civil desde el artículo 429 hasta el artículo 435. La tacha de los instrumentos se consagran desde el artículo 438 hasta el artículo 443 CPC.

Fuente de la información 
Protocolo de Actuación: Redacción de Actas Policiales. Taller efectuado en fecha 01-04-2024 por parte del Centro Simón Rodríguez (CSR).

Palabras clave: acta policial, Código Orgánico Procesal Penal, investigación, militares, policiales, funcionario, judiciales, fiscales, nulidad, basamento legal, documentos públicos, documentos privados, instrumentos públicos. 

La frase del día 
"En el fracaso podemos ver quién se quedó y quién se fue"

Actas Policiales [5] [11-04-2024]

La frase del día 
"En el fracaso podemos ver quién se quedó y quién se fue"

ACTAS POLICIALES

Basamento legal.

- Protocolo de Actuación para la Redacción de Actas Policiales en el Desarrollo de una Investigación Penal.

Fuente de la información 
Protocolo de Actuación: Redacción de Actas Policiales. Taller efectuado en fecha 01-04-2024 por parte del Centro Simón Rodríguez (CSR).

Palabras clave: acta policial, Código Orgánico Procesal Penal, investigación, militares, policiales, funcionario, judiciales, fiscales, nulidad, basamento legal.

La frase del día 
"En el fracaso podemos ver quién se quedó y quién se fue"

Documento Público Administrativo [11-04-2024]

La frase del día 
"En el fracaso podemos ver quién se quedó y quién se fue"

Sentencia No. 2084 de fecha 12-DIC-2008 emanada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA

Ahora bien, respecto al valor probatorio de los documentos administrativos, esta Sala en sentencia 487 del 17 de abril de 2008 (caso: Daniel Soto, Eliceo Galindez y Leoncio Vizcaíno contra la sociedad mercantil Petroquímica de Venezuela, S.A. (Pequiven), estableció:
 
En este sentido, la Sala Constitucional en sentencia Nº 1307, de fecha 22 de mayo de 2003, expresó:
 
El concepto de documento público administrativo ha sido tratado ampliamente por la jurisprudencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo y de la Sala Político Administrativo, y se fundamenta en que los actos escritos emanados de la Administración Pública gozan de una presunción de veracidad y legitimidad, lo que es característico de la autenticidad; formalmente para que un acto sea auténtico se requiere que esté firmado por el funcionario competente para otorgarlo, y que lleve el sello de la oficina que dirige.
 
La doctrina jurisprudencial de esta Sala de Casación Social, en relación al documento administrativo, ha establecido:
 
(…) el documento administrativo se encuentra dotado de una presunción de veracidad y legitimidad -característico de la autenticidad-, respecto a lo declarado por el funcionario en ejercicio de sus funciones, la cual puede ser desvirtuada o destruida por cualquier medio de prueba en contrario, y dicho carácter auténtico deviene precisamente del hecho de ser una declaración emanada de un funcionario público, con las formalidades exigidas en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"En el fracaso podemos ver quién se quedó y quién se fue"