Balística Forense
Investigación Probatoria
CALIBRE DE LAS ARMAS DE FUEGO
El calibre es el diámetro interno del cañón de las
armas de fuego. En efecto, las armas, tienen una relación íntima con el
calibre, éste se da tanto en las armas de ánima estriada, como lo son el
revólver, la pistola, el fusil; así como en las armas de ánima lisa, como lo es
la escopeta.
Bibliografía: Balística Forense Investigación Probatoria. Wilmer de Jesús
Ruiz. Editorial Horizonte C.A. Barquisimeto, 2010. P. 60.
Blog para investigar las ciencias penales y criminológicas, así como lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar la Constitución Nacional de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel en fecha 20-01-2013
24 de mayo de 2014
Art. 23
Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a
una vida libre de violencia
Planes, proyectos y programas de capacitación por el Ministerio Público
El Ministerio Público deberá ejecutar planes, proyectos y programas especiales de formación en prevención y atención de la violencia de género, y transversalizar dichos programas con la perspectiva de género, en consonancia con la visión de los derechos humanos que consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Fuente: Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Gaceta Oficial N° 39880 del 9 de marzo de 2012.
Planes, proyectos y programas de capacitación por el Ministerio Público
El Ministerio Público deberá ejecutar planes, proyectos y programas especiales de formación en prevención y atención de la violencia de género, y transversalizar dichos programas con la perspectiva de género, en consonancia con la visión de los derechos humanos que consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Fuente: Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Gaceta Oficial N° 39880 del 9 de marzo de 2012.
23 de mayo de 2014
Balística VII
Balística Forense
Investigación Probatoria
REVÓLVER
Es un arma de fuego corta cuyo sistema de repetición de tiro es por medio de un cilindro giratorio llamado tambor; este contiene una serie recámaras separadas del cañón, que sucesivamente se alinean con él al montarse su martillo percutor.
Bibliografía: Balística Forense Investigación Probatoria. Wilmer de Jesús Ruiz. Editorial Horizonte C.A. Barquisimeto, 2010. P. 91.
Investigación Probatoria
REVÓLVER
Es un arma de fuego corta cuyo sistema de repetición de tiro es por medio de un cilindro giratorio llamado tambor; este contiene una serie recámaras separadas del cañón, que sucesivamente se alinean con él al montarse su martillo percutor.
Bibliografía: Balística Forense Investigación Probatoria. Wilmer de Jesús Ruiz. Editorial Horizonte C.A. Barquisimeto, 2010. P. 91.
Art. 36
Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a
una vida libre de violencia
Atención Jurídica Gratuita
En aquellos casos en que la víctima careciere de asistencia jurídica, podrá solicita al Juez competente la designación de un profesional del Derecho, quien la orientará debidamente y ejercerá la defensa de sus derechos desde los actos iniciales de la investigación. A tales efectos, el Tribunal hará la selección de los abogados existentes, provenientes de la Defensoría Nacional de los Derechos de la Mujer, de las defensorías estadales y municipales, de los colegios de abogados de cada jurisdicción, o de cualquier organización pública o privada dedicada a la defensa de los derechos establecidos en la Ley Orgánica sobre el derechos de las mujeres a una vida libre de violencia.
Fuente: Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Gaceta Oficial N° 39880 del 9 de marzo de 2012.
Atención Jurídica Gratuita
En aquellos casos en que la víctima careciere de asistencia jurídica, podrá solicita al Juez competente la designación de un profesional del Derecho, quien la orientará debidamente y ejercerá la defensa de sus derechos desde los actos iniciales de la investigación. A tales efectos, el Tribunal hará la selección de los abogados existentes, provenientes de la Defensoría Nacional de los Derechos de la Mujer, de las defensorías estadales y municipales, de los colegios de abogados de cada jurisdicción, o de cualquier organización pública o privada dedicada a la defensa de los derechos establecidos en la Ley Orgánica sobre el derechos de las mujeres a una vida libre de violencia.
Fuente: Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Gaceta Oficial N° 39880 del 9 de marzo de 2012.
22 de mayo de 2014
Balística VI
Balística Forense
Investigación Probatoria
IMPORTANCIA DE LA EXPERTICIA
Sin duda alguna, la prueba de experticia es la columna central del sistema probatorio, es una prueba que se basa en el análisis razonado de las evidencias, cosas o personas, útil para la comprobación de los hechos, que sirve para fundamentar los argumentos y alegatos de las partes; igualmente, necesaria para llevar al Juez el conocimiento de una ciencia, arte u oficio. Indiscutiblemente, la experticia tiene una importante función en el proceso penal, llegando en muchos casos a ser determinante para la resolución de los hechos, la identificación de los autores y partícipes, y el descubrimiento de la verdad.
Bibliografía: Balística Forense Investigación Probatoria. Wilmer de Jesús Ruiz. Editorial Horizonte C.A. Barquisimeto, 2010. P. 118.
Investigación Probatoria
IMPORTANCIA DE LA EXPERTICIA
Sin duda alguna, la prueba de experticia es la columna central del sistema probatorio, es una prueba que se basa en el análisis razonado de las evidencias, cosas o personas, útil para la comprobación de los hechos, que sirve para fundamentar los argumentos y alegatos de las partes; igualmente, necesaria para llevar al Juez el conocimiento de una ciencia, arte u oficio. Indiscutiblemente, la experticia tiene una importante función en el proceso penal, llegando en muchos casos a ser determinante para la resolución de los hechos, la identificación de los autores y partícipes, y el descubrimiento de la verdad.
Bibliografía: Balística Forense Investigación Probatoria. Wilmer de Jesús Ruiz. Editorial Horizonte C.A. Barquisimeto, 2010. P. 118.
21 de mayo de 2014
Balística V
Balística Forense
Investigación Probatoria
ESTRUCTURA DE LA EXPERTICIA
Sobre la estructura de la experticia, el artículo 225 del Código Orgánico Procesal Penal señala que el informe de experticia debe contener de manera clara y precisa, las siguientes partes:
* Parte Motiva: Es donde se dejará constancia, el motivo por el cual se práctica la experticia.
* Parte Descriptiva: Aquí se establece la descripción de la persona o cosa que sea objeto de la misma, en el estado en que se encuentre o en el modo.
* Parte Expositiva: Constituye la relación detallada de los exámenes practicados, de las operaciones, técnicas, procedimientos, métodos, verificaciones y contrastaciones realizadas.
* Parte Concluyente: En esta parte se señalan los resultados obtenidos y las conclusiones que se formulen respecto del peritaje realizado, conforme a los principios o reglas de su ciencia o arte; se deben explicar los razonamientos motivados en función de las consideraciones y fundamentos que soportan sus conclusiones.
Bibliografía: Balística Forense Investigación Probatoria. Wilmer de Jesús Ruiz. Editorial Horizonte C.A. Barquisimeto, 2010. PP. 117, 118.
Investigación Probatoria
ESTRUCTURA DE LA EXPERTICIA
Sobre la estructura de la experticia, el artículo 225 del Código Orgánico Procesal Penal señala que el informe de experticia debe contener de manera clara y precisa, las siguientes partes:
* Parte Motiva: Es donde se dejará constancia, el motivo por el cual se práctica la experticia.
* Parte Descriptiva: Aquí se establece la descripción de la persona o cosa que sea objeto de la misma, en el estado en que se encuentre o en el modo.
* Parte Expositiva: Constituye la relación detallada de los exámenes practicados, de las operaciones, técnicas, procedimientos, métodos, verificaciones y contrastaciones realizadas.
* Parte Concluyente: En esta parte se señalan los resultados obtenidos y las conclusiones que se formulen respecto del peritaje realizado, conforme a los principios o reglas de su ciencia o arte; se deben explicar los razonamientos motivados en función de las consideraciones y fundamentos que soportan sus conclusiones.
El artículo 225 de la Ley adjetiva penal, contempla al respecto: "El
dictamen pericial deberá contener, de manera clara y precisa: el motivo por el
cual se practica, la descripción de la persona o cosa que sea objeto del mismo,
en el estado o modo en que se halle, la relación detallada de los exámenes
practicados, los resultados obtenidos y las conclusiones que se formulen
respecto del peritaje realizado, conforme a los principios, o reglas de la
ciencia, o arte respectiva.
El dictamen se presentará por escrito, firmado y sellado,
sin perjuicio del informe oral en la audiencia"
Bibliografía: Balística Forense Investigación Probatoria. Wilmer de Jesús Ruiz. Editorial Horizonte C.A. Barquisimeto, 2010. PP. 117, 118.
Art. 18
Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a
una vida libre de violencia
Corresponsabilidad
El Estado y la sociedad son corresponsables por la ejecución, seguimiento y control de las políticas de prevención y atención de la violencia contra las mujeres de conformidad con la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Corresponde al Instituto Nacional de la Mujer, como ente rector, formular las políticas de prevención y atención de la violencia contra las mujeres.
El Ejecutivo Nacional dispondrá de los recursos necesarios para financiar planes, programas, proyectos y acciones de prevención y atención de la violencia de género, promovidos por los Consejos Comunales, las organizaciones de las mujeres y otras organizaciones sociales de base.
Fuente: Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Gaceta Oficial N° 39880 del 9 de marzo de 2012.
Corresponsabilidad
El Estado y la sociedad son corresponsables por la ejecución, seguimiento y control de las políticas de prevención y atención de la violencia contra las mujeres de conformidad con la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Corresponde al Instituto Nacional de la Mujer, como ente rector, formular las políticas de prevención y atención de la violencia contra las mujeres.
El Ejecutivo Nacional dispondrá de los recursos necesarios para financiar planes, programas, proyectos y acciones de prevención y atención de la violencia de género, promovidos por los Consejos Comunales, las organizaciones de las mujeres y otras organizaciones sociales de base.
Fuente: Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Gaceta Oficial N° 39880 del 9 de marzo de 2012.
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