21 de mayo de 2014

Art. 18

Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia

Corresponsabilidad
El Estado y la sociedad son corresponsables por la ejecución, seguimiento y control de las políticas de prevención y atención de la violencia contra las mujeres de conformidad con la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Corresponde al Instituto Nacional de la Mujer, como ente rector, formular las políticas de prevención y atención de la violencia contra las mujeres.

El Ejecutivo Nacional dispondrá de los recursos necesarios para financiar planes, programas, proyectos y acciones de prevención y atención de la violencia de género, promovidos por los Consejos Comunales, las organizaciones de las mujeres y otras organizaciones sociales de base.
 

Fuente: Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Gaceta Oficial N° 39880 del 9 de marzo de 2012.

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