28 de agosto de 2016

28-08-2016 Constitucional II (39)

Frase reflexiva:
Ninguna forma de poder es absoluta

Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Tema # 5 Estructura de la Constitución Venezolana

Artículo 26 C.R.B.V: Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente.

El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.

- Análisis Jurídico (26): Este artículo contiene el derecho a la tutela judicial efectiva.

Artículo 31 C.R.B.V: Toda persona tiene derecho, en los términos establecidos por los tratados, pactos y convenciones sobre derechos humanos ratificados por la República, a dirigir peticiones o quejas antes los órganos internacionales creados para tales fines, con el objeto de solicitar el amparo a sus derechos humanos.

El Estado adoptará, conforme a procedimientos establecidos en esta Constitución y en la ley, las medidas que sean necesarias para dar cumplimiento a las decisiones emanadas de los órganos internacionales previstos en este artículo.       

- Análisis Jurídico (31): Contiene un derecho de petición ante los organismos internacionales. Todos los ciudadanos tienen el derecho de petición ante esos organismos, siempre y cuando Venezuela sea miembro, como por ejemplo: la O.I.T (Organización Internacional del Trabajo).

Artículo 43 C.R.B.V: El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado protegerá la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad, prestando el servicio militar o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma.

- Análisis Jurídico (43): Se consagra un derecho natural, el cual es el derecho a la vida. Aquí el Estado no puede establecer una legislación que propugne la pena de muerte.                                               
Frase reflexiva:
Ninguna forma de poder es absoluta

27 de agosto de 2016

27-08-2016 Constitucional II (38)

Frase reflexiva:
La buena suerte acompaña a los que se esfuerzanPasteur

Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Tema # 5 Estructura de la Constitución Venezolana

Artículo 19 C.R.B.V: “El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y el ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen

- Análisis Jurídico (19):

1) Me contiene una garantía constitucional.

2) Me garantizan los derechos humanos.

3) Me da los siguientes caracteres:

a) Progresividad.

b) Sin discriminación.

4) La garantía me va hacer para gozar y disfrutar de ejercicios y derechos.

5) Toda persona investida de autoridad tiene que respetar los derechos humanos, pues es obligatorio.

Artículo 20 C.R.B.V: Toda persona tiene derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin más limitaciones que las que derivan del derecho de las demás y del orden público social.

- Análisis Jurídico (20): Aquí me contiene un derecho, es decir, el derecho del libre desenvolvimiento de la personalidad propia; la misma tiene que ser respetada. Ejemplo: una persona puede usar zarcillos, argollas, puede ser hippie, etc., y tiene que ser respetada su personalidad.  

Artículo 21 C.R.B.V: Todas las personas son iguales ante la ley; y en consecuencia: 

1. No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona. 

2. La ley garantizará las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad ante la ley sea real y efectiva; adoptará medidas positivas a favor de personas o grupos que puedan ser discriminados, marginados o vulnerables; protegerá especialmente a aquellas personas que por alguna de las condiciones antes especificadas, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan. 
                                                                                                 
3. Sólo se dará el trato oficial de ciudadano o ciudadana; salvo las fórmulas diplomáticas.                                                                                           
4. No se reconocen títulos nobiliarios ni distinciones hereditarias. 

- Análisis Jurídico (21): El encabezado me contiene un derecho, el # 2 me contiene una garantía efectiva del cumplimiento del derecho, el # 3 dice que siempre se dará el trato de ciudadano, salvo fórmulas diplomáticas y el # 4 me dice que no se reconocen títulos nobiliarios, es decir, Conde, Condesa, Duque, etc.

Frase reflexiva:
La buena suerte acompaña a los que se esfuerzanPasteur

27-08-2016 Constitucional II (37)

Frase reflexiva:
La buena suerte acompaña a los que se esfuerzanPasteur

Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Corrientes Existentes en Venezuela con Relación al Preámbulo

En Venezuela hay 2 corrientes:

1) No Tiene Valor Jurídico (el preámbulo): Se dice que no tiene valor jurídico y no puede invocarse como norma; y es como una especie de planteamiento que desarrolla el texto constitucional.

2) Sí Tiene Valor Jurídico (el preámbulo): En contrario se dice, que sí tiene valor jurídico, ya que el mismo me determina el momento de actuación del espíritu del legislador, y si no está en el texto constitucional, yo puedo invocar dicho Preámbulo y darle valor jurídico; porque como se dijo anteriormente, fue el espíritu, el sentir del legislador.

Preámbulo de la Constitución Venezolana

El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en refrendo democrático, decreta lo siguiente:

En un breve análisis jurídico (posición jurídica) al anterior Preámbulo, se puede hacer constatar, que hoy en día dicha reforma constitucional para el 2007, me viola en lo que concierne a la democracia (…una sociedad democrática, participativa y protagónica…), ya que se me está planteando actualmente una democracia socialista.

Igualmente sucede con la Justicia Social, ya que no se me asegura ninguna.

Frase reflexiva:
La buena suerte acompaña a los que se esfuerzanPasteur

27-08-2016 Constitucional II (36)

Frase reflexiva:
La buena suerte acompaña a los que se esfuerzanPasteur

Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Tema # 5 Estructura de la Constitución Venezolana

La Constitución Venezolana está estructurada con un Preámbulo, una Parte Dogmática y una Parte Orgánica.

1) Preámbulo: Antecede la redacción del contenido de la Constitución. El Preámbulo tiene su origen en la Constitución Norteamericana, la cual fue la 1era Constitución escrita para el mundo en el año 1787 y los ciudadanos norteamericanos.

Los constituyentistas que realizaron dicho Preámbulo, el mismo fue una oración, que la hicieron pidiéndole el Dios todopoderoso para que los guiara ante la responsabilidad de redactar la Constitución, ya que pedían que fuera una Constitución que abarcara a todo el pueblo.               

En Venezuela la 1era Constitución fue la de 1811 cuando nace como Estado, y el Preámbulo fue una copia fiel del Preámbulo de la Constitución Norteamericana; pero con un problema, ya que dicho Preámbulo estaba escrito en inglés, y cuando se lleva a la traducción, se hace de manera incorrecta la misma.

Después de la Constitución de 1811 han venido 27 Constituciones más, elaborando la misma estructura de dicha Constitución (1811)

2) Parte Dogmática: Son verdades que no tienen otra forma de verse, verdades establecidas como garantías y principios constitucionales. Se establece el reconocimiento de los derechos del hombre.

3) Parte Orgánica: Es donde está lo contenido, en relación a lo que establece y regula el elemento Poder y Territorio; me los reglamenta.   

Posiciones Doctrinarias en Relación al Preámbulo

Desde el punto de vista de diferentes posiciones doctrinarias, han estimado que el Preámbulo no tiene un valor jurídico, porque está ubicado fuera del texto constitucional.

Frase reflexiva:
La buena suerte acompaña a los que se esfuerzanPasteur

27-08-2016 Constitucional II (35)

Frase reflexiva:
La buena suerte acompaña a los que se esfuerzanPasteur

Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Tema # 4 La Nacionalidad y la Ciudadanía

Decálogo de García Ceballos

- La nacionalidad es un lazo voluntario de buena fe.

- Toda persona debe tener una nacionalidad.

- Ninguna persona puede tener dos nacionalidades, y esto en principio es doctrinario.

- Toda persona tiene derecho a cambiar libremente de nacionalidad.

- El Estado no tiene el derecho de prohibir a las personas el cambio de nacionalidad.

- El Estado no tiene derecho a obligar a las personas a cambiar de nacionalidad, contrariando su voluntad.

- Toda persona conserva el derecho de recobrar la nacionalidad que ha abandonado.

- El Estado no puede imponer su nacionalidad a las personas domiciliadas en su territorio en contra de la voluntad de éstas.

- La nacionalidad natural o aquella que ha sido voluntariamente aceptada, determina, en cuanto a las personas, la aplicación del Derecho Privado.

10º- El Estado tiene el deber de determinar la condición de las personas sin nacionalidad

Frase reflexiva:
La buena suerte acompaña a los que se esfuerzanPasteur

27-08-2016 Constitucional II (34)

Frase reflexiva:
La buena suerte acompaña a los que se esfuerzanPasteur

Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Tema # 4 La Nacionalidad y la Ciudadanía

- Nota: El artículo 51 de la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía, me habla del principio contenido en el artículo 40 constitucional.

- Artículo 51 (Ley de Nacionalidad y Ciudadanía):

Derechos Políticos

Salvo las excepciones previstas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en las leyes, el ejercicio de los derechos políticos es privativo de los venezolanos y venezolanas.

Artículo 41: Sólo los venezolanos y venezolanas por nacimiento y sin otra nacionalidad, podrán ejercer los cargos de Presidente o Presidenta de la República, Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, Presidente o Presidenta y Vicepresidentes o Vicepresidentas de la Asamblea Nacional, magistrados o magistradas del Tribunal Supremo de Justicia, Presidente o Presidenta del Consejo Nacional Electoral, Procurador o Procuradora General de la República, Contralor o Contralora General de la República, Fiscal General de la República, Defensor o Defensora del Pueblo, Ministros o Ministras de los despachos relacionados con la seguridad de la Nación, finanzas, energía y minas, educación; Gobernadores o Gobernadoras y Alcaldes o Alcaldesas, de los Estados y Municipios fronterizos y de aquellos contemplados en la ley orgánica de la Fuerza Armada Nacional.

Para ejercer los cargos de diputados o diputadas a la Asamblea Nacional, Ministros o Ministras; Gobernadores o Gobernadoras y Alcaldes o Alcaldesas de Estados y Municipios no fronterizos, los venezolanos y venezolanas por naturalización deben tener domicilio con residencia ininterrumpida en Venezuela no menor de quince años y cumplir los requisitos de aptitud previstos en la ley.

- Análisis Jurídico (41): Solamente los venezolanos por nacimiento y sin ninguna otra nacionalidad, podrán ejercer los cargos Presidente (a) de la República, Vicepresidente Ejecutivo (a) (porque cuando el Presidente está ausente, éste es quien lo representa), Presidente (a) y Vicepresidentes (a) de la AN, magistrados (as) del TSJ, Presidente (a) del CNE, Procurador (a) General de la República, Contralor (a) General de la República, Fiscal General de la República, Defensor (a) del Pueblo, Ministros (as) de los despachos relacionados con la seguridad de la Nación, finanzas, energía y minas, educación; Gobernadores (as) y Alcaldes (as), de los Estados y Municipios fronterizos y de aquellos contemplados en la ley orgánica de la Fuerza Armada Nacional.

Para ejercer los cargos de diputados (as) a la AN, Ministros (as); Gobernadores (as) y Alcaldes (as) de los Estados y Municipios no fronterizos, los venezolanos (as) por naturalización deben tener un domicilio con una residencia que no sea interrumpida en Venezuela durante 15 años y cumplir los requisitos de aptitud previstos en la ley.

- Nota: El artículo 41 me regula al artículo 40 constitucional. Me los somete al cumplimiento de las reglas.

Frase reflexiva:
La buena suerte acompaña a los que se esfuerzanPasteur

27-08-2016 Constitucional II (33)

Frase reflexiva:
La buena suerte acompaña a los que se esfuerzanPasteur

Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Tema # 4 La Nacionalidad y la Ciudadanía

Supuestos de Hecho Para Tener Ciudadanía

Tenemos 4 elementos, los cuales son los siguientes:

1) Tener una nacionalidad.
2) Ser civilmente hábil (art. 39 C.R.B.V)
3) Ser políticamente hábil (art. 39 C.R.B.V)
4) Tener una edad mínima de 18 años (art. 64 C.R.B.V)

Excepciones

La ciudadanía me tiene reglas, pero también me consagra excepciones:

Artículo 40 C.R.B.V.: Los derechos políticos son privativos de los venezolanos y venezolanas, salvo las excepciones establecidas en esta Constitución.

Gozan de los mismos derechos de los venezolanos y venezolanas por nacimiento los venezolanos y venezolanas por naturalización que hubieren ingresado al país antes de cumplir los siete años de edad y residido en él permanentemente hasta alcanzar la mayoridad.

- Análisis Jurídico (40): Los derechos políticos son propios de los venezolanos (salvo a excepciones establecidas en la Constitución); y gozan de los mismos derechos de los venezolanos por nacimiento, los venezolanos naturalizados que antes de cumplir los 7 años de edad hayan ingresado en el país, y residido en él permanentemente hasta alcanzar la mayoría de edad.   

Aquí se equipara el derecho de los naturalizados con los derechos de los originarios.

Este artículo (40 C.R.B.V) está en concordancia con el único aparte del artículo 64 C.R.B.V.

Frase reflexiva:
La buena suerte acompaña a los que se esfuerzanPasteur