28 de agosto de 2016

28-08-2016 Constitucional II (39)

Frase reflexiva:
Ninguna forma de poder es absoluta

Materia: Derecho Constitucional II
Semestre: Segundo-Pregrado

JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL

Tema # 5 Estructura de la Constitución Venezolana

Artículo 26 C.R.B.V: Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente.

El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.

- Análisis Jurídico (26): Este artículo contiene el derecho a la tutela judicial efectiva.

Artículo 31 C.R.B.V: Toda persona tiene derecho, en los términos establecidos por los tratados, pactos y convenciones sobre derechos humanos ratificados por la República, a dirigir peticiones o quejas antes los órganos internacionales creados para tales fines, con el objeto de solicitar el amparo a sus derechos humanos.

El Estado adoptará, conforme a procedimientos establecidos en esta Constitución y en la ley, las medidas que sean necesarias para dar cumplimiento a las decisiones emanadas de los órganos internacionales previstos en este artículo.       

- Análisis Jurídico (31): Contiene un derecho de petición ante los organismos internacionales. Todos los ciudadanos tienen el derecho de petición ante esos organismos, siempre y cuando Venezuela sea miembro, como por ejemplo: la O.I.T (Organización Internacional del Trabajo).

Artículo 43 C.R.B.V: El derecho a la vida es inviolable. Ninguna ley podrá establecer la pena de muerte, ni autoridad alguna aplicarla. El Estado protegerá la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad, prestando el servicio militar o civil, o sometidas a su autoridad en cualquier otra forma.

- Análisis Jurídico (43): Se consagra un derecho natural, el cual es el derecho a la vida. Aquí el Estado no puede establecer una legislación que propugne la pena de muerte.                                               
Frase reflexiva:
Ninguna forma de poder es absoluta

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