Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
Bajo estos supuestos, esta Sala de Casación Penal considera preciso señalar que la radicación no solo constituye una institución de carácter preventivo, por cuanto evita cualquier hecho que pueda influir en la actuación del juez que conoce del proceso, como los probables acontecimientos que coloquen en peligro el normal desarrollo del proceso judicial; sino que, además, permite garantizar la tutela judicial efectiva y la protección del derecho a obtener una justicia expedita, sin dilaciones indebidas.
Ello es así en razón de que con la radicación se busca proteger de forma integral los derechos fundamentales que puedan verse afectados de continuar tramitándose el proceso ante el mismo juez o en el mismo territorio, o con falta de gestión y celeridad, lo cual no es propio de las obligaciones de la administración de justicia.
Enlace a la Sentencia:
La frase del día
"La justificación revela inseguridad"
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