Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN MARISELA CASTRO GILLY
Es menester destacar que la prueba silenciada constituía la prueba medular de la teoría del caso de la defensa. En dicho testimonio, rendido ante sede judicial con todas las garantías, el individuo asume la autoría material e intelectual del hurto, explicando el modus operandi (abuso de confianza y sustracción de llaves sin consentimiento) y desligando absolutamente a la ciudadana (...) de cualquier concierto para delinquir (agavillamiento) o complicidad necesaria en el hurto calificado.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"No todo lo que estás construyendo debe ser visible, porque lo más grande se gesta en lo invisible"
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