26 de mayo de 2013

Delito de amenza: viol. priv.

DERECHO PENAL

De los delitos contra la libertad individual

Delito de amenaza: violencia privada. Cualquier persona que amenace a otra con causarle un daño grave e injusto, será castigada con relegación a colonia penitenciaria, por el tiempo de uno (1) a diez (10) meses; o con arresto de quince días (15) a tres (3) meses, previa querella del amenazado.

Autorización

DERECHO PROCESAL PENAL

De la Ocupación e Intercepción de Correspondencia y Comunicaciones

Autorización. El Ministerio Público, solicitará razonadamente al Juez de Control del lugar donde se realizará la intervención: 

- la autorización correspondiente, con expreso señalamiento del delito que se investiga; 

- el tiempo de duración, que no excederá de treinta (30) días; 

- los medios técnicos a ser empleados; 

- y el sitio, o el lugar desde donde se efectuará.

Podrán acordarse prórrogas sucesivas mediante el mismo procedimiento y por lapsos iguales, medios, lugares y demás extremos pertinentes. (...)

Actos nulos del Pod. Púb.

DERECHO CONSTITUCIONAL

Actos nulos del Poder Público. Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público, que viole, o menoscabe los derechos garantizados por la Constitución Nacional y por la ley, es nulo; y los funcionarios públicos que lo ordenen, o ejecuten, incurren en:

- responsabilidad penal;

- responsabilidad civil; y

- responsabilidad administrativa, según los casos, sin que le sirvan de excusa órdenes superiores.

Int. o grab. de com. pr.

DERECHO PROCESAL PENAL

De la Ocupación e Intercepción de Correspondencia y Comunicaciones

Interceptación o grabación de comunicaciones privadas. Podrá disponerse, conforme a la ley, la intercepción, o grabación de comunicaciones privadas, sean éstas:

- ambientales;

- telefónicas; o

- realizadas por cualquier otro medio, cuyo contenido se transcribirá y se agregará a las actuaciones.

Las fuente originales de grabación serán conservadas, asegurando su inalterabilidad y su posterior identificación.

Las comunicaciones ambientales son aquellas que se realizan personalmente, o en forma directa, sin ningún instrumento, o dispositivo, del cual se valgan los interlocutores.

25 de mayo de 2013

Jer. cons. de los tr., pac. y conv.

DERECHO CONSTITUCIONAL

Jerarquía constitucional de los tratados, pactos y convenciones. Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en la Constitución Nacional y en las leyes; y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público.

Incautación. II

DERECHO PROCESAL PENAL

De la Ocupación e Intercepción de Correspondencia y Comunicaciones

Incautación. II. De igual modo, podrá imponer la incautación de: 

- documentos; 

- títulos, valores y cantidades de dinero, disponibles en cuentas bancarias, o en cajas de seguridad de los bancos, o en poder de terceros: cuando existan fundamentos razonables para deducir que ellos guardan relación con el hecho delictivo investigado.

La policía de investigaciones penales, podrá solicitar directamente al Juez de Control, en casos de necesidad y urgencia, la respectiva orden, previa autorización, por cualquier medio, del Ministerio Público, la cual deberá constar en la solicitud.

Enun. de derechos y gar.

DERECHO CONSTITUCIONAL

Enunciación de derechos y garantías. La enunciación de los derechos y garantías contenidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos, no debe entenderse como la negación de otros derechos, que siendo inherentes a las personas, no figuren expresamente en los derechos establecidos en los anteriores instrumentos jurídicos.

La falta de ley reglamentaria de los derechos humanos que no figuran en la Constitución Nacional y en los instrumentos internacionales, no menoscaba el ejercicio de los mismos.

Aunque los derechos humanos no figuren en la Constitución Nacional, se extienden a la persona.