26 de mayo de 2013

Autorización

DERECHO PROCESAL PENAL

De la Ocupación e Intercepción de Correspondencia y Comunicaciones

Autorización. El Ministerio Público, solicitará razonadamente al Juez de Control del lugar donde se realizará la intervención: 

- la autorización correspondiente, con expreso señalamiento del delito que se investiga; 

- el tiempo de duración, que no excederá de treinta (30) días; 

- los medios técnicos a ser empleados; 

- y el sitio, o el lugar desde donde se efectuará.

Podrán acordarse prórrogas sucesivas mediante el mismo procedimiento y por lapsos iguales, medios, lugares y demás extremos pertinentes. (...)

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!