DERECHO CONSTITUCIONAL
De los derechos sociales y de las familias
Protección del matrimonio. Se protege el matrimonio entre un hombre y una mujer, fundados en el libre consentimiento y en la igualdad absoluta de los derechos y deberes de los cónyuges.
Las uniones estables de hecho (concubinato) entre un hombre y entre una mujer que cumplan los requisitos establecidos en la ley: producirán los mismos efectos que el matrimonio.
Artículo 16 de la Declaración Universal de Derechos Humanos:
"1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y a fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado."
Fuente. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Declaración Universal de Derechos Humanos.
Blog para investigar las ciencias penales y criminológicas, así como lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar la Constitución Nacional de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel en fecha 20-01-2013
3 de junio de 2013
Exam. y revisión
DERECHO PROCESAL PENAL
Del examen y revisión de las medidas cautelares
Examen y revisión. El imputado podrá solicitar la revocación, o sustitución de la medida judicial de privación preventiva de libertad, las veces que lo considere pertinente.
El Juez deberá examinar la necesidad del mantenimiento de las medidas cautelares cada tres meses, y cuando lo estime prudente, las sustituirá por otras menos gravosas. La negativa del tribunal a revocar, o a sustituir la medida: no tendrá apelación.
Fuente. Código Orgánico Procesal Penal: Gaceta Oficial Nº 6078, extraordinario 15-06-2012.
Del examen y revisión de las medidas cautelares
Examen y revisión. El imputado podrá solicitar la revocación, o sustitución de la medida judicial de privación preventiva de libertad, las veces que lo considere pertinente.
El Juez deberá examinar la necesidad del mantenimiento de las medidas cautelares cada tres meses, y cuando lo estime prudente, las sustituirá por otras menos gravosas. La negativa del tribunal a revocar, o a sustituir la medida: no tendrá apelación.
Fuente. Código Orgánico Procesal Penal: Gaceta Oficial Nº 6078, extraordinario 15-06-2012.
Vil. a las insti.
DERECHO PENAL
De los abusos de los ministros de cultos en el ejercicio de sus funciones
Vilipendio a las instituciones. El ministro de cualquier culto que, en el ejercicio de sus funciones, trate con público desprecio, o con público vilipendio a las instituciones, a las leyes de Venezuela, o a los actos de la autoridad:
será castigado con arresto de 1 a 6 meses.
Fuente. Código Penal: Gaceta Oficial Nº 5768, extraordinario 13-04-2005.
De los abusos de los ministros de cultos en el ejercicio de sus funciones
Vilipendio a las instituciones. El ministro de cualquier culto que, en el ejercicio de sus funciones, trate con público desprecio, o con público vilipendio a las instituciones, a las leyes de Venezuela, o a los actos de la autoridad:
será castigado con arresto de 1 a 6 meses.
Fuente. Código Penal: Gaceta Oficial Nº 5768, extraordinario 13-04-2005.
Honorarios
PRÁCTICA FORENSE - HONORARIOS
Reglamento Interno Nacional de Honorarios Mínimos - Disposiciones Preliminares
El Reglamento Interno Nacional de Honorarios Mínimos regirá con obligatoriedad para los abogados/as venezolanos/as en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.
Fuente. Reglamento Interno Nacional de Honorarios Mínimos.
Reglamento Interno Nacional de Honorarios Mínimos - Disposiciones Preliminares
El Reglamento Interno Nacional de Honorarios Mínimos regirá con obligatoriedad para los abogados/as venezolanos/as en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.
Fuente. Reglamento Interno Nacional de Honorarios Mínimos.
Práctica forense
PRÁCTICA FORENSE
Ley de Abogados - Disposiciones generales
La profesión de abogado y su ejercicio se regirá por:
- la Ley de Abogados;
- el Reglamento de la Ley de Abogados;
- el Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano;
- el Reglamento Interno Nacional de Honorarios Mínimos: que dictare la Federación del Colegio de Abogados.
Los que obtenga Título de Procurador de acuerdo con las leyes anteriores, quedarán sometidas en el ejercicio de su profesión a dichas disposiciones, reglamentos y normas en cuanto le sean aplicables.
Fuente. Ley de Abogados.
Ley de Abogados - Disposiciones generales
La profesión de abogado y su ejercicio se regirá por:
- la Ley de Abogados;
- el Reglamento de la Ley de Abogados;
- el Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano;
- el Reglamento Interno Nacional de Honorarios Mínimos: que dictare la Federación del Colegio de Abogados.
Los que obtenga Título de Procurador de acuerdo con las leyes anteriores, quedarán sometidas en el ejercicio de su profesión a dichas disposiciones, reglamentos y normas en cuanto le sean aplicables.
Fuente. Ley de Abogados.
2 de junio de 2013
Imp. de las med.
DERECHO PROCESAL PENAL
De las medidas cautelares sustitutivas
Imposición de las medidas. El tribunal ordenará lo necesario para garantizar el cumplimiento de las medidas cautelares sustitutivas. Estas medidas no se utilizarán con el propósito de, desnaturalizar su finalidad; tampoco se impondrán otras medidas cuyo cumplimiento sea imposible.
Se evitará la imposición de caución económica cuando el estado de pobreza, o la carencia de medios del imputado, impidan la prestación.
Fuente. Código Orgánico Procesal Penal: Gaceta Oficial Nº 6078, extraordinario 15-06-2012.
De las medidas cautelares sustitutivas
Imposición de las medidas. El tribunal ordenará lo necesario para garantizar el cumplimiento de las medidas cautelares sustitutivas. Estas medidas no se utilizarán con el propósito de, desnaturalizar su finalidad; tampoco se impondrán otras medidas cuyo cumplimiento sea imposible.
Se evitará la imposición de caución económica cuando el estado de pobreza, o la carencia de medios del imputado, impidan la prestación.
Fuente. Código Orgánico Procesal Penal: Gaceta Oficial Nº 6078, extraordinario 15-06-2012.
Coacción en el trab.
DERECHO PENAL
De los delitos contra la libertad del trabajo
Coacción en el trabajo. Toda persona, que valiéndose de violencias, ocasione, o haga que continúe una cesación, o suspensión de trabajo, con el objeto de imponer a los obreros, patrones, o empresarios, alguna disminución, o aumento de salarios, o también convenios diferentes de los pactados:
será castigada con arresto de 1 a 10 meses.
Los jefes, o promotores de los delitos: impedimento al trabajo y coacción en el trabajo, respectivamente, serán castigados con arresto de 45 días a 18 meses.
Fuente. Código Penal: Gaceta Oficial Nº 5768, extraordinario 13-04-2005.
De los delitos contra la libertad del trabajo
Coacción en el trabajo. Toda persona, que valiéndose de violencias, ocasione, o haga que continúe una cesación, o suspensión de trabajo, con el objeto de imponer a los obreros, patrones, o empresarios, alguna disminución, o aumento de salarios, o también convenios diferentes de los pactados:
será castigada con arresto de 1 a 10 meses.
Los jefes, o promotores de los delitos: impedimento al trabajo y coacción en el trabajo, respectivamente, serán castigados con arresto de 45 días a 18 meses.
Fuente. Código Penal: Gaceta Oficial Nº 5768, extraordinario 13-04-2005.
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