N° de Expediente: C05-0025
N° de Sentencia: 341
Tema: Aberratio ictus o error en golpe
Materia: Derecho Penal
Asunto: Delito de Robo.
Materia: Derecho Penal
Asunto: Delito de Robo.
El delito de robo se consuma con
el hecho de apoderarse por la fuerza de un objeto de otro y aunque sea por
momentos: basta con que el objeto ya haya sido tomado o asido o agarrado por el
ladrón, bien directamente por éste o porque obligó a la víctima a entregárselo.
Fuente: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/junio/341-RC05-0025.HTM
Tribunal Supremo de Justicia
Tribunal Supremo de Justicia
N° de Expediente: C04-0558
N° de Sentencia: 339
Tema: Aberratio ictus o error en golpe
Materia: Derecho Penal
Asunto: Delitos de Robo.
Materia: Derecho Penal
Asunto: Delitos de Robo.
El delito de robo se perfecciona
con el apoderamiento de la cosa mueble, independientemente que se haya o no
obtenido provecho alguno del objeto apoderado; motivo por el cual el criterio
de la recurrida (no hubo provecho de la cosa robada) al considerar que en el
presente caso el delito había resultado frustrado, resulta errado.
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