Blog con fines de investigación de Derecho Penal, Derecho Procesal Penal, y lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel
26 de junio de 2014
Art. 481
DERECHO PROCESAL PENAL
PERDÓN DEL OFENDIDO Cuando el perdón del ofendido haya extinguido la
pena, el Tribunal de Ejecución ordenará la libertad.
Fuente:
Código Orgánico Procesal Penal. Nº 6078 Extraordinario del 15 de junio de 2012.
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