“Piensa, sueña, cree y atrévete” Walt Disney
Las Medidas Cautelares
en el Proceso Penal
- 242.1 Código Orgánico Procesal Penal: la persona tiene
71 años. 242.2 Código Orgánico Procesal Penal: loco demente.
- Si el Juez establece el lapso de un año, por ejemplo,
para que el Fiscal del Ministerio Público presente la acusación: se ejerce
recurso de revocación. Si el Juez niega el recurso, se ejerce apelación de
autos.
- Los días varían según la fase del proceso penal.
- 423 Código Orgánico Procesal Penal: para cada tipo de
decisión hay un recurso.
- Para ejercer un recurso debe haber dos principios
fundamentales: impugnabilidad objetiva e impugnabilidad subjetiva.
- REQUISITOS DE
LOS FIADORES: 1.- El fiador sólo puede ser fiador una vez, se acabaron los
fiadores de oficio. 2.- El fiador no debe tener antecedentes penales. 3.- El
fiador debe presentar carta de trabajo. 4.- El fiador debe tener y demostrar
capacidad económica.
- ¿Cuántas medidas pueden recaer sobre el imputado? Sólo
dos medidas cautelares sustitutivas de libertad: 242 Código Orgánico Procesal
Penal.
Fuente de la
información:
Curso: Las Medidas Cautelares en el Proceso Penal.
Fundación para la Investigación, Capacitación y Desarrollo de la Función Fiscal
del Ministerio Público: FUNDAFISCAL. Caracas, Venezuela.
La
frase del día:
“Piensa, sueña, cree y atrévete” Walt Disney
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