5 de febrero de 2017

5/2/2017 P. Penal II [20]

La frase del día:
Piensa, sueña, cree y atrévete Walt Disney

Guía de Derecho Procesal Penal II

Facultad: Derecho
Semestre: / Pregrado

Jorge Leonardo Salazar Rangel

TEMA 5 DE LOS REQUISITOS DE LA ACTIVIDAD PROBATORIA

CONTENIDO DE LA ORDEN
ART. 211 COPP

En la orden deberá constar:

1.- La autoridad judicial que decreta el allanamiento y la sucinta identificación del procedimiento en el cual se ordena;

2.- El señalamiento concreto del lugar o lugares a ser registrados;

3.- La autoridad que practicará el registro;

4.- El motivo preciso del allanamiento, con indicación exacta de los objetos o personas buscadas y las diligencias a realizar;

5.- La fecha y la firma.

La orden tendrá una duración máxima de siete días, después de los cuales caduca la autorización, salvo que haya sido expedida por tiempo determinado, en cuyo caso constará este dato.

PROCEDIMIENTO
ART. 212 COPP

La orden de allanamiento será notificada a quien habite el lugar o se encuentre en él, entregándole una copia; y se procederá según el artículo 217.

Si el notificado se resiste o nadie responde a los llamados, se hará uso de la fuerza pública para entrar. Al terminar el registro, si el lugar está vacío, se cuidará que quede cerrado y, de no ser ello posible, se asegurará que otras personas no ingresen, hasta lograrlo. Este procedimiento constará en el acta.

LUGARES PÚBLICOS
ART. 213

La restricción establecida en el artículo 225 no regirá para las oficinas administrativas, establecimientos de reunión y recreo mientras estén abiertos al público, o cualquier otro lugar cerrado que no esté destinado a habitación particular. En estos casos deberá darse aviso de la orden del juez a las personas a cuyo cargo estén los locales, salvo que ello sea perjudicial para la investigación.

La frase del día:
Piensa, sueña, cree y atrévete Walt Disney

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