30 de noviembre de 2025

30-11-2025 • 10 días

Sentencia No. 438 de fecha 25-JUL-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En este sentido, en atención al caso objeto de análisis, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, considera prudente señalar que en lo relativo al trámite del recurso de apelación de sentencia definitiva, conforme a lo previsto en nuestro Código Orgánico Procesal Penal, se puede identificar una etapa relativa a la interposición del escrito, la cual deberá ser dentro de los diez días siguientes, contados a partir de la fecha de publicación de la decisión apelada o, en caso de que se hiciera fuera del lapso legal establecido, a partir de la última notificación realizada, además de llevar el cabo la imposición de sentencia en caso que el acusado se encuentre detenido.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Elegir con quién hablar es importante. Entender con quién estar callado, mucho más"

30-11-2025 • Juicio de valor

Sentencia No. 017 de fecha 12-FEB-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

A efectos de dejar en evidencia la afirmación anterior, se observa que al momento de resolver los recursos de apelación ejercidos, el Tribunal de Alzada en su motivación emitió pronunciamientos propios del Juez de Instancia, ello se verifica cuando manifiesta “no se acredita en las actuaciones que conforman el presente asunto por la presunta conducta dolosa de los imputados para demostrar que los mismos se hayan apoderado de algún bien pertenecientes a la Empresa (...), tal afirmación constituye un juicio de valor como si de un tribunal de primera instancia se tratara, vulnerando la garantía del debido proceso establecida en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Elegir con quién hablar es importante. Entender con quién estar callado, mucho más"

29 de noviembre de 2025

29-11-2025 • 4 años y 1 día

Sentencia No. 019 de fecha 12-FEB-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Como se aprecia de lo antes transcrito, los delitos que dieron origen al proceso penal, no contemplan penas que en su límite máximo excedan de cuatro (4) años de prisión, siendo que el término “exceda” implica que el quantum de la misma supere el lapso expresado en el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal, para ser considerado recurrible por la vía del recurso de casación, es decir, cuatro (4) años y un (1) día.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Un hombre que sabe luchar ganará muchas batallas; pero un hombre que sabe cuándo luchar no perderá ni una sola vez"

28 de noviembre de 2025

28-11-2025 • Derecho a la defensa

Sentencia No. 023 de fecha 12-FEB-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia de la Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Por lo que, los Jueces que conozcan del proceso mal podrían resolver o decidir lo peticionado por alguna de las partes, ya que el derecho a la defensa es un principio fundamental en nuestro proceso penal actual, el cual es predominantemente acusatorio, siendo necesario que la persona imputada o acusada esté a derecho, puesto que, en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela no está permitido el juicio en ausencia.  

En consecuencia, esta Sala de Casación Penal, mediante sentencia número 218 del 21 de julio de 2022, expresó lo siguiente:

“… Ciertamente, al no estar a Derecho el imputado, está impedido de formular solicitudes como en el presente caso, cuando pretende que esta Sala se avoque al conocimiento de la causa seguida en su contra, cuando no ha cumplido con su obligación procesal de acatar el mandamiento judicial devenido de una orden de aprehensión; demostrando de esta manera, una conducta procesal contumaz, entendiéndose que su presencia en el proceso, no sólo implica el mejor ejercicio de su defensa y otros derechos procesales y constitucionales derivados de un proceso penal garantista, sino el cumplimento de los deberes que del mismo resulten en los actos que, por su naturaleza, tengan carácter personal y que requieran la presencia del imputado…”.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Contarán que atacaste, pero no contarán que estabas defendiéndote"

27 de noviembre de 2025

27-11-2025 • No flexibilizado

Sentencia No. 438 de fecha 25-JUL-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Asimismo, en atención al caso objeto de consideración, esta Sala a efectos pedagógicos, considera prudente enfatizar que si bien en lo relativo a otras figuras procesales, como lo sería el recurso de casación, donde es factible que la inadmisibilidad de una denuncia obedezca a una revisión de la estructura racional que la conforma, con el fin de verificar si lo expuesto obedece a un planteamiento del cual se pueda percibir que los argumentos empleados se encuentran debidamente fundamentados, en atención a lo previsto en el artículo 454, del Código Orgánico Procesal Penal, dicho proceder no se puede extrapolar al caso de la figura del recurso de apelación, siendo que una vez admitido, los jueces de Alzada deben entrar a conocer lo alegado, por cuanto, el debido proceso no puede ser susceptible de ser flexibilizado por los operadores de justicia, quienes tienen innegablemente el deber de hacer valer un procedimiento ajustado a Derecho, a los fines de proporcionar una eficaz y oportuna tutela judicial efectiva.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Las explicaciones invitan al debate y vuelven negociable lo que antes era decisivo"

26 de noviembre de 2025

26-11-2025 • Improponible

Sentencia No. 359 de fecha 20-JUN-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Ahora bien, dicho lo anterior, es preciso acotar que aun cuando el recurso de apelación es un medio ordinario, previsto en el Código Orgánico Procesal Penal; no obstante, lo es para impugnar las decisiones proferidas por los juzgados de primera instancia, por lo que, el “recurso de apelación” ejercido el abogado (...), no se encuentra dentro de los medios recursivos establecidos para impugnar las decisiones de la segunda instancia, por lo tanto resulta forzoso para esta Sala de Casación Penal declarar IMPROPONIBLE en derecho dicho “recurso de apelación”. Así se decide.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"El poder que se explica deja de ser poder"

25 de noviembre de 2025

25-11-2025 • Fundamentos de la criminología [4]

Métodos de investigación en la criminología 

El método científico en criminología se refiere a pasos utilizados por el investigador para ampliar los conocimientos que se relacionan con un tema específico.

Puede ser a través de una modalidad cualitativa, cuantitativa o mixta. 

1.- Institucional: la criminología puede ser vista desde un punto de vista institucional porque contribuye para el desarrollo de entes gubernamentales o privados.

2.- Social y antropológica: la criminología es social y antropológica porque trabaja con el ser humano, y el ser humano no se entiende de otra manera sino en sociedad.

3.- Histórica: la criminología es histórica porque a través de la historia y los diversos países se le da una interpretación distinta al delito.

4.- Clínica: la criminología trabaja la parte clínica porque se hacen abordajes individualizados, sobre todo en el ámbito penitenciario donde se perfilan a los hombres y mujeres con privación de libertad.

5.- Predictiva y estadística: la criminología trabaja de la parte de la estadística porque al conocer las denuncias y casos procesados, pueden hacerse estimaciones de futuros delitos.

6.- Holística: en general, puede decirse que la criminología es holística porque trabaja no solamente al ser humano desde el punto de vista físico y psíquico, sino también la parte espiritual, su relación con la naturaleza, el sentimiento de paz que debe tener una persona para vivir sanamente. Entonces puede decirse que es holística porque aborda al ser humano en todos sus ámbitos.

Fuente de la información: taller de "Fundamentos básicos de la criminología" efectuado por Edufutura el 16-11-2025.

La frase del día 
"El silencio desarma"