Código Orgánico Procesal Penal. 1 enero 2.013. GO 6.078.
Inspección de personas.
Con relación a este punto el COPP nuevo establece que cuando las circunstancias lo permitan deben haber 2 testigos para presenciar la inspección que la policía le vaya a realizar a una persona. El anterior COPP no contemplaba la presencia de testigos al momento de inspeccionar a alguien.
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