3 de junio de 2013

Práctica forense. III

PRÁCTICA FORENSE

Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano - Deberes para con el asistido o patrocinado

Práctica forense. III. El abogado siempre debe solicitar a su patrocinado una provisión de fondos para los gastos necesarios y de justicia, pero esa entrega no debe ser considerada como imputable a los honorarios, ni el abogado puede conceptuar que ella le es propia.


Si los fondos entregados para expensas no se consumieran íntegramente, el abogado debe restituir el saldo de su representado al rendirle cuenta especificada de la inversión que hiciera de dichas expensas.

Fuente. Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano.

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