Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano - Deberes para con el asistido o patrocinado
Práctica forense. IV. El abogado deberá dar recibo a su patrocinado por las entregas de dinero que éste le hiciere como anticipo, o cancelación de honorarios.
El abogado también deberá dar
recibo por concepto de gastos que él realice, con ocasión de los servicios que
le está prestando a su patrocinado.
Fuente. Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano.
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