6 de abril de 2016

06-04-2016 Introducción (25)

LA NORMA JURÍDICA - INTRODUCCIÓN AL DERECHO

Negligencia: Es no hacer bien lo que le corresponde, es decir, no hacer bien su trabajo. (El que debiendo hacer no hizo)

Imprudencia: Es hacer algo que no se debe hacer, es decir, lo hace sin deber hacerlo.

Artículo 1185 C.C: El que con intención, o por negligencia, o por imprudencia, ha causado un daño a otro, está obligado a repararlo.

Artículo 545 C.C: La propiedad es el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva, con las restricciones y obligaciones establecidas por la ley.

Forma Lógica de la Norma Jurídica

Según Hans Kelsen: Él habla de una forma o formula lógica, para explicar como en la Norma Jurídica se encuentran esos elementos entrelazados al deber ser.

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