Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
De acuerdo con el artículo precedentemente transcrito, esta Sala debe señalar que el mismo no puede ser violado por las Cortes de Apelaciones, por tratarse de una norma cuya aplicación es exclusiva de la fase preparatoria o investigativa, no siendo esta de naturaleza casacional para el conocimiento de la Sala, ya que el recurso de casación como se ha dicho de manera reiterada es un medio extraordinario, el cual tiene requisitos taxativos para su procedibilidad.
Por otro lado, se evidencia que los argumentos de la presente denuncia van dirigidos a atacar aspectos inherentes a la valoración por el Tribunal de Primera Instancia de pruebas testimoniales, que a su juicio, fueron obtenidas ilícitamente, evidenciándose que el impugnante incurre en error, en virtud que no es competencia de las Cortes de Apelaciones, valorar los medios probatorios.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"El objetivo del guerrero no es vencer todas las batallas, sino nunca ser derrotado"
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