19 de abril de 2016

19-04-2016 Proceso (68)

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

TEORÍA DEL PROCESO
JORGE LEONARDO SALAZAR

LA PRETENSIÓN PROCESAL

La Pretensión Procesal.- Es la solicitud (o petitorio) concreta que se hace para que sea satisfecho un interés jurídico actual.

El ejercicio de una acción conlleva al de una pretensión particular.

P.D. Cada vez que se ejerce una acción o excepción, se persigue un contenido concreto.

P.D. Lo que se pide es lo que se pretende lograr.

P.D. Cada vez que se ejerce una acción se persigue un contenido concreto.

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

19-04-2016 UCCVDF (iii)

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia


Unidades Criminalísticas Contra la Vulneración de Derechos Fundamentales (UCCVDF)

Resultados en cifras:

En el Informe Anual 2014 del Ministerio Público, presentado por la Fiscal General de la República, Dra. Luisa Ortega Díaz, se ve reflejado en cifras las actuaciones realizadas por las Unidades Criminalísticas Contra la Vulneración de Derechos Fundamentales del Área Metropolitana de Caracas y del estado Lara.

Tres mil quinientas setenta y ocho (3.578) actuaciones como actas de investigación, actas de entrevista, citaciones, solicitudes de información a instituciones públicas y/o privadas, entre otras, se practicaron durante el 2014 para atender las solicitudes fiscales en materia de protección de derechos fundamentales.

De igual forma para la ejecución de las experticias,  se realizaron ciento noventa y un mil setecientos cincuenta y ocho (191.758) procesos internos que implicaron análisis o actividades de campo y laboratorio, a los fines de extraer la mayor cantidad de información, a partir de las evidencias físicas sometidas a estudio.

Dichas cifras, se traducen en resultados positivos para el sistema de administración de justicia de Venezuela dando celeridad al debido proceso y garantizando la transparencia, objetividad e imparcialidad, a través de las experticias y diligencias de investigación, realizadas por los expertos de las Unidades Criminalísticas Contra la Vulneración de Derechos Fundamentales del Ministerio Público.


Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

19-04-2016 Tributario (93)

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO

TÍTULO III
De los Ilícitos Tributarios y de las Sanciones

Capítulo I
Parte General

Artículo 93. Las sanciones pecuniarias no son convertibles en penas restrictivas de la libertad.

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

19-04-2016 Tributario (92)

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

CÓDIGO ORGÁNICO TRIBUTARIO

TÍTULO III
De los Ilícitos Tributarios y de las Sanciones

Capítulo I
Parte General

Artículo 92. Las multas establecidas en este Código, expresadas en términos porcentuales, se convertirán al equivalente de unidades tributarias (U.T.) que correspondan al momento de la comisión del ilícito y se cancelarán utilizando el valor de la misma que estuviere vigente para el momento del pago.

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

19-04-2016 Procesal Penal (44)

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

N° de Expediente: C06-0381 N° de Sentencia: 94
Tema: Acusación
Materia: Derecho Procesal Penal
Asunto: Interposición del escrito acusatorio en procedimiento abreviado-Cinco días antes de celebrase el juicio.
Miércoles, 21 de Marzo de 2007

...el Código Orgánico Procesal Penal al regular el procedimiento ordinario (artículo 328), establece un lapso de cinco (5) días antes del vencimiento del plazo fijado para la celebración de la audiencia preliminar, para que las partes puedan realizar cualquiera de las actuaciones a las cuales se hacen referencia en la referida disposición, debiendo estipularse un lapso igual en los casos del procedimiento abreviado: cinco (5) días antes de la celebración del juicio oral y público, para que el Fiscal del Ministerio Público consigne su escrito acusatorio. De tal forma, el acusado y su defensa, al tener conocimiento de la imputación fiscal, podrán ejercer plenamente el derecho a la defensa, oponiendo las excepciones a que haya lugar, preparando los argumentos necesarios para rebatir la acusación y promoviendo las pruebas que producirán en el juicio oral.

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

19-04-2016 Vehículos (16, 17)

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES

Gaceta Oficial: 37.000
Fecha: 26/07/2000

Artículo 16. Disposición Derogatoria. Quedan derogadas todas las disposiciones legales y reglamentarias que contravengan lo establecido en esta Ley.

Artículo 17. Entrada en Vigencia. La presente Ley entrará en vigencia en la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

19-04-2016 Vehículos (15)

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia

LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES

Gaceta Oficial: 37.000
Fecha: 26/07/2000

Artículo 15. Vehículos Recuperados No Reclamados. Si ninguna persona ha reclamado derechos sobre un vehículo recuperado dentro de los ciento veinte días señalados en el artículo 11 de esta Ley, el Ministerio Público solicitará al juez de control correspondiente que el vehículo se ponga a la orden del Fisco Nacional por órgano del Ministerio de Finanzas.

Las personas que tuvieren derechos sobre los vehículos que están a la orden del Fisco Nacional, dentro de los ciento ochenta días siguientes al vencimiento del lapso señalado en el párrafo anterior, podrán reclamar ante el Ministerio Público su derecho. El Ministerio Público solicitará al juez de control que emita orden al Fisco Nacional, por órgano del Ministerio de Finanzas, a fin de que le sea entregado el vehículo a su propietario. Si pasado ese lapso no se reclamare derecho alguno sobre el vehículo, el Fisco Nacional podrá disponer del mismo, informe lo establezca el Reglamento de esta Ley.

Frase reflexiva:
El abogado transforma la vida en lógica; y el juez transforma la lógica en justicia