Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
En efecto, lo decidido el 10 de junio de 2025, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Apure, versó sobre la apelación interpuesta en contra de una declaratoria de inadmisibilidad por extemporánea, de un escrito de oposición de medidas, lo cual da a lugar a una incidencia procesal, que debe resolverse de forma autónoma, donde la parte afectada ejerce su derecho a la defensa y al debido proceso, a los fines de lograr impugnar, revocar o sustituir una medida decretada, en tal sentido, la finalidad del mencionado escrito de oposición se enfoca en demostrar que las mismas no cumplen con los requisitos legales necesarios para su materialización o que resulta desproporcionada para el fin que se pretende, en ningún caso, se plantean consideraciones en relación al fondo del asunto.
Ahora bien, se ha comprobado, de forma evidente, la existencia de un defecto formal (de origen) en el presente recurso de casación, que impide la concreción adecuada del principio de impugnabilidad objetiva, no obstante, dicho principio tiene plena acogida no sólo en el ámbito formal del instrumento normativo de rango legal que rige el proceso penal venezolano, sino también, en el ámbito formal de la jurisprudencia. Para una muestra, se traen a colación las ideas expuestas por el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, mediante sentencia N° 86, del 19 de marzo de 2009, en los siguientes términos:
“… la facultad de recurrir, en materia penal, encuentra limitaciones legales expresas, tanto desde el punto de vista objetivo como subjetivo, es decir, la impugnabilidad está determinada por el principio de taxatividad del recurso, ya que sólo (sic) serán recurribles aquellas resoluciones judiciales cuya admisión sea permitida expresamente por la ley (impugnabilidad objetiva)…”.
Enlace a la Sentencia:
Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.
La frase del día
"Nunca hables de quesos con ratas"