8 de junio de 2026

8/6/2026 - labor hermenéutica

Sentencia No. 346 de fecha 02-JUN-2026 dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN MARISELA CASTRO GILLY

De la interpretación sistemática y teleológica de las normas precedentemente transcritas, esta Sala de Casación Penal colige que la solicitud de amnistía, en escenarios de sentencias definitivamente firmes, resulta un procedimiento análogo al recurso de revisión penal. Por tal motivo, el legislador ha atribuido de manera originaria el conocimiento de dichas solicitudes a las Cortes de Apelaciones, quienes actúan, a estos efectos, como tribunales de instancia.

Bajo esta premisa, esta Máxima Instancia advierte que, si bien el artículo 12 de la Ley de Amnistía Para la Convivencia Democrática garantiza expresamente el derecho a interponer recurso de apelación, el legislador incurrió en una omisión normativa al no designar el tribunal competente para el conocimiento de dicho recurso cuando la decisión originaria emana de una Corte de Apelaciones.

En tal sentido, a los fines de no hacer nugatorios los postulados de la tutela judicial efectiva y el derecho fundamental al doble grado de jurisdicción, consagrados en los artículos 26 y 49, numeral 1, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, resulta imperativa la labor hermenéutica e integradora de este Alto Tribunal para evitar el estado de indefensión procesal.

Por consiguiente, al ser esta Sala el superior jerárquico de las Cortes de Apelaciones, le corresponde, en su rol de cúspide institucional y máxima rectora del sistema de justicia penal venezolano, incluyendo la jurisdicción ordinaria y los fueros especiales de violencia contra la mujer y responsabilidad penal del adolescente, asumir de manera excepcional y por vía de integración jurídica el conocimiento y decisión de los recursos de apelación ejercidos contra las decisiones que se pronuncien sobre la aplicación de la amnistía en fase de ejecución.

Tal criterio se fundamenta en el deber de este Máximo Tribunal de fungir como garante de la tutela judicial efectiva y el debido proceso, evitando la indefensión de las partes y asegurando la correcta aplicación de la ley. Así se declara.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Si eres tirador, no te pares en el paredón de fusilamiento"

8/6/2026 - efecto halo

El efecto halo es un sesgo cognitivo por el cual tendemos a hacer que nuestra opinión y valoración global de una persona, organización, producto o marca surja a partir del modo en el que juzgamos y valoramos propiedades y características específicas de esa persona, organización, producto o marca. El término se basa en la idea de que si identificamos claramente un aspecto positivo en alguien que aún no conocemos bien, ese hecho hace que aumenten las posibilidades de que en general veamos a esa persona con buenos ojos.

Así, el efecto halo se basa en la idea de que mostramos una propensión a utilizar nuestra valoración acerca de una característica muy específica de algo o alguien para "fabricar" a partir de ella una valoración global de esa persona, organización o elemento abstracto: extendemos nuestra opinión de esa propiedad a todo el elemento que estamos juzgando y hacemos que esta impresión interfiera con el modo en el que interpretamos otras muchas propiedades del elemento.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Si eres tirador, no te pares en el paredón de fusilamiento"

8/6/2026 - Robert Hansen

Robert Hansen: el monstruo detrás del "buen vecino". Alaska, Estados Unidos 

El mal no siempre tiene cara de villano; a veces tiene cara de padre de familia y dueño de una panadería.

Entre 1971 y 1983, Robert Hansen aterrorizó a Alaska. Mientras horneaba pan de día, de noche usaba su avioneta privada para llevar mujeres vulnerables a zonas salvajes y atacarlas.

Se sentía intocable por su "buena reputación", hasta que Cindy Paulson (17 años) logró escapar y contar la verdad. Gracias a su valentía y un perfil del FBI, se encontraron mapas y "trofeos" en su casa.

Fue condenado a 461 años de prisión. Murió encerrado en 2014, pero su caso nos dejó una lección vital: las apariencias engañan.

Prevención: desconfianza saludable.

Depredadores como Hansen usan su estatus para bajar tus defensas.

El "efecto halo": no asumas que alguien es bueno solo porque tiene dinero, un negocio respetable o hijos. Los psicópatas suelen tener familias "pantalla".

Aislamiento forzado: Hansen llevaba a sus víctimas para lugares donde nadie podía oírlas. Nunca aceptes ir a una "segunda ubicación" (casa de campo, lugar privado, viaje en auto/avión) con alguien que apenas conoces, por más amable que sea.

Confía en tu instinto: si el "vecino amable" te hace sentir incómoda o te mira extraño, no te quedes por educación. ¡Vete!

Cindy Paulson sobrevivió para que la verdad saliera a la luz.

Reflexión: ¿alguna vez has conocido a alguien que parecía "perfecto" pero te daba mala espina?

Recuerda: no juzguemos un libro por su portada.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Si eres tirador, no te pares en el paredón de fusilamiento"

8/6/2026 - prueba complementaria

Sentencia No. 0654 de fecha 27-MAY-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON

Por su parte la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de noviembre de 2011, en sentencia n.º 1746, señaló lo siguiente: “…Se desprende que la Sala de Casación Penal del este Tribunal Supremo de Justicia considera que en los casos en los cuales no se tenga conocimiento de los resultados de experticias solicitadas en la fase de investigación sino hasta después de precluido el lapso de promoción de pruebas, las mismas pueden ser promovidas en el juicio oral, bajo la modalidad de prueba complementaria; criterio que comparte esta Sala, en razón de su compatibilidad con el texto fundamental…”. Criterio ratificado en sentencia n.º 631 de fecha 30 de mayo de 2023, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

Se confirma en tal sentido lo instituido en relación al conocimiento con posterioridad al lapso de promoción de pruebas, de los resultados de la experticia solicitada en la fase de investigación, caracterizando el caso que nos ocupa, se autoriza a que las mismas puedan presentarse en juicio oral como prueba complementaria, no constituyendo ello violación alguna de derechos, en razón de su compatibilidad con el texto fundamental.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Si eres tirador, no te pares en el paredón de fusilamiento"

7 de junio de 2026

7/6/2026 - experticia grafotécnica

Sentencia No. 0654 de fecha 27-MAY-2026 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

MAGISTRADA PONENTE: LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON

Preliminarmente, es importante destacar que la experticia grafotécnica es considerada un acto de investigación, ordenada por el fiscal del Ministerio Público con el fin de recabar elementos de convicción que le permitan fundamentar su acto conclusivo, y el resultado de esta pericia se plasme en un dictamen escrito que se incorpora a las actas de la investigación.

Sin embargo, para que este dictamen adquiera el estatus de medio de prueba valorable en la sentencia, debe ser incorporado al juicio durante la fase de juicio oral, constituyendo la regla general e imperativa que el experto deba comparecer personalmente a la audiencia del debate para exponer oralmente sus conclusiones y, fundamentalmente, someterse al interrogatorio y contrainterrogatorio de las partes.

No obstante, las experticias solicitadas en fase de investigación cuyos resultados se conocerán tras precluir el lapso de promoción (posterior a la audiencia preliminar) podrán incorporarse al juicio oral como prueba complementaria, este criterio, basado en el artículo 342 del Código Orgánico Procesal, busca garantizar el derecho a la defensa y la búsqueda de la verdad real.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Siempre escucha dos veces: primero lo que se dice, luego quién lo dice" | John Sherman Cooper

7/6/2026 - sobreseimiento

El sobreseimiento es una forma de poner fin al proceso, distinta a la sentencia absolutoria y a la sentencia condenatoria. Procede cuando se da alguno de los cinco numerales contenidos en el artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal (2021).

El fiscal del Ministerio Público puede solicitar ante el juez de control el sobreseimiento, momento en el cual se abre un lapso de 45 días para que el juez se pronuncie. Si lo acuerda, notifica a las partes e inclusive a la víctima, aunque no se haya querellado; si no lo acuerda o lo niega, remite las actuaciones al fiscal superior para que éste motivadamente lo ratifique o lo rectifique.

Si lo ratifica, remite las actuaciones al juez de primera instancia en funciones de control, para que éste se pronuncie y salve su opinión si así lo considera.

Por otra parte, de ser rectificado, se remiten las actuaciones a otro fiscal para que continúe la investigación o emita otro acto conclusivo.

Los efectos del sobreseimiento se circunscriben en ponerle fin al proceso y levantar todas las medidas de coerción dictadas en contra del imputado.

La decisión de sobreseimiento es susceptible de apelación ante la corte de apelaciones y, si todavía hay descontento, se puede recurrir a través del recurso de casación ante el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Siempre escucha dos veces: primero lo que se dice, luego quién lo dice" | John Sherman Cooper

7/6/2026 - Andrés Filomeno Mendoza

El horror de Atizapán. Estado de México, 2021

Nadie sospechaba del "Chino". Era un hombre de 72 años, amable, regalaba despensas y participaba en la comunidad.

La realidad estalló cuando la policía entró a su casa en Atizapán de Zaragoza.

Hallazgo: bajo el piso de su vivienda no había solo tierra. Se recuperaron más de 4.600 restos óseos. 

Andrés Filomeno Mendoza operó durante aproximadamente 30 años con total impunidad. Llevaba una bitácora precisa (libretas) con nombres, fechas y "trofeos" de sus víctimas.

Perfil criminológico "El Camaleón": ¿cómo duró tanto tiempo libre?

Porque su máscara era perfecta: la vulnerabilidad. Nadie ve peligro en un anciano. Él usaba esa confianza para atraer mujeres a su casa con promesas de ayuda o empleo, y ahí revelaba su verdadera naturaleza depredadora.

Prevención ante la confianza ciega: el mal no siempre tiene cara de ogro; a veces tiene cara de abuelo inofensivo.

Límites: no entres a casas de personas que no conoces bien, sin importar su edad o apariencia.

Red de apoyo: si vas a visitar a alguien para un trabajo o gestión, avisa.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Siempre escucha dos veces: primero lo que se dice, luego quién lo dice" | John Sherman Cooper