“Cuando el dinero
habla, la verdad calla”
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
Materia: Pruebas
(Derecho Probatorio)
Semestre: Décimo-Pregrado
TEMA
10 LA PRUEBA
TESTIMONIAL. Naturaleza jurídica. Definición y clases de
testigos. Oportunidad y forma de promoción y evacuación. Excepciones.
Inhabilidades absolutas y relativas. Trámite de realización de la prueba. La
tacha de testigos.
INHABILIDAD
ABSOLUTA: 477 CPC
No pueden ser testigos en un
juicio:
a) El menor de 12 años (a partir
de 12 años se puede ser testigo).
b) Quienes se hallen en interdicción por causa de demencia.
c) Quienes hagan profesión de testificar
en juicio.
b) Si no ha sido declarado
entredicho si puede ser promovido como testigo ya que la interdicción debe ser
declarada judicialmente.
c) Testigos falsarios: hacen de
la declaración testimonial un oficio.
INHABILIDAD
ABSOLUTA: INHABLIDAD SEGÚN LA CUALIDAD DE
LAS PARTES: 479
Nadie puede ser testigo en
contra, ni a favor de:
a) Sus ascendientes o
descendientes.
b) De su cónyuge.
El sirviente doméstico no podrá
ser testigo ni a favor ni en contra de quien lo tenga a su servicio.
a y b: no opera la línea
colateral. Si el cónyuge está separado de cuerpos tampoco puede declarar.
El sirviente doméstico puede ser:
chofer, jardinero, etc. (Si lo tuvo en tiempo pasado: ¿?)
Frase reflexiva:
“Cuando el dinero
habla, la verdad calla”
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