Magistrado Ponente Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
Por lo tanto, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, erige como unos de los pilares fundamentales del ordenamiento jurídico en su artículo, 2: “…la justicia…la preeminencia de los derechos humanos…”de modo que por comprender manifiestamente el precepto legal constitucional citado un mandato de obligatoria contemplación, para todos los que formamos parte del sistema de justicia, nos corresponde ineludiblemente velar por la incolumidad de esos derechos fundamentales inherentes a la condición humana bajo el imperio del principio de la correspondencia y proporcionalidad en cuanto a la articulación de las circunstancias que rodean el caso, con la confluencia de la inalterabilidad del principio de la presunción de inocencia y el debido proceso.
Enlace a la Sentencia:
La frase del día
"La comodidad mantiene; la incomodidad transforma" [@tips.empresariales]
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