DERECHO PENAL - MATERIA SUSTANTIVA
Libro Segundo. De las diversas especies de delito
Código Penal venezolano - 129
De los delitos contra la independencia y la seguridad de la Nación
De la traición a la patria y otros delitos contra ésta
Sin complicidad externa. El que dentro o fuera de Venezuela, sin complicidad con otra nación, atente por sí sólo contra la independencia o la integridad del espacio geográfico de la República, será castigado con la pena de presidio de veinte a veintiséis años.
Con la misma pena será castigado quien solicite, gestione o impetre, en cualquier forma, la intervención de un Gobierno extranjero para derrocar al Gobierno venezolano.
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