Actúa con dolo –al
menos, eventual- quien conoce el alto riesgo de producción del resultado que genera
con su acción y, a pesar de ello, continúa con la ejecución. En definitiva,
actúa dolosamente quien acepta la realización de una conducta claramente
ilícita sin mostrar ningún interés por averiguar sus circunstancias y
condiciones, poniendo con ello de relieve que no establece límites a su
aportación o, lo que es lo mismo, ‘quien no quiere saber aquello que puede y
debe conocer y, sin embargo, trata de beneficiarse de dicha situación, si es
descubierta no puede alegar ignorancia alguna y, por el contrario, debe
responder de las consecuencia de su ilícito actuar.
Fuente: Tribunal Supremo de Justicia.
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