Blog para investigar las ciencias penales y criminológicas, así como lo que sea útil para la materia penal, sin olvidar la Constitución Nacional de Venezuela. Creado por Jorge Leonardo Salazar Rangel en fecha 20-01-2013
10 de julio de 2015
216 LOPNNA
ACCIÓN PÚBLICA
Art. 216 LOPNNA. Se declaran de acción pública
todos los hechos punibles cuyas víctimas sean niños, niñas o adolescentes.
No
son aplicables las instituciones del nudo de hecho y antejuicio de mérito,
salvo las disposiciones constitucionales.
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