Regala un pescado a un hombre y le darás
alimento para un día; enséñale a pescar, y lo alimentarás para el resto de su
vida
DERECHO ROMANO (I)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
LAS SERVIDUMBRES
- Cosas Susceptibles del Usufructo: El usufructuario hace suyo los frutos por percepción, cría
de animales, adquisiciones como resultado del trabajo del esclavo, etc.; pero
no percibe los partos del esclavo ni las herencias o legados que éstos reciben.
Por ser un requisito el dejar a salvo la sustancia de la cosa, no se permite
Usufructo en cosas que se consumen al 1er uso; pero un senadoconsulto en época
de Tiberio admitió la posibilidad de constituir Usufructo sobre cosas que se
consumieran al 1er uso, dando caución de restituir otro tanto igual al llegar
al término del Usufructo, y se llamo “Quasi
Usufructus”.
- Derechos y Obligaciones del Usufructuario: El usufructuario posee el “Jus Utendi” (derecho a servirse de la cosa) y el “Jus Fruendi” (derecho a apropiarse de
los frutos, pero no por separación, sino por percepción). Si un ladrón roba los
frutos no puede el usufructuario reivindicar, este ejercicio corresponde al
nudo propietario; el usufructuario está obligado para con la cosa pero no tiene
obligación directa con el nudo propietario, no puede exigir de éste que lo haga
gozar, sólo que lo deje gozar. Por su parte el nudo propietario no puede
reclamar el mantenimiento o cuido de la cosa, sólo puede exigir que no cause el
deterioro y al terminar el usufructo debe ejercer la acción reivindicatoria
para obtener la devolución de la cosa, debe probar su derecho de propiedad, por
ello el Derecho Pretoriano estableció la “Cautio
Usufructuaria”, compromiso garantizado por fiadores a cumplir una
estipulación acordada para gozar la cosa como buen padre de familia y
restituirla al nudo propietario al terminar el usufructo, a partir de ese
momento, el nudo propietario no requirió probar su derecho de propiedad, podía
exigir cuenta por negligencia en el ejercicio de la servidumbre y obrar contra
los fiadores en caso de insolvencia del usufructuario.
Bibliografía: Derecho Romano I y II Metodologías, Sumaria, Mnemotécnica
y Cuestionaria. Décima Segunda Reimpresión. Distribuidora Rikei, C.A. Caracas,
2006. GERARDO ONTIVEROS PAOLINI. DERECHO ROMANO.
Frase
reflexiva:
Regala un pescado a un hombre y le darás
alimento para un día; enséñale a pescar, y lo alimentarás para el resto de su
vida
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