Regala un pescado
a un hombre y le darás alimento para un día; enséñale a pescar, y lo
alimentarás para el resto de su vida
INTRODUCCIÓN AL DERECHO (II)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
EL DERECHO TRANSITORIO O INTERTEMPORAL
Disposiciones Contenidas en los Artículos 8, 9, 10 y 11 del
Código Civil
Artículo 8: “La autoridad de la Ley se extiende a todas las personas
nacionales o extranjeras que se encuentren en la República”.
Este artículo consagra el principio de la territorialidad de la Ley, debido a la aplicación tanto a
nacionales como a extranjeros, del Derecho Venezolano.
Artículo 9: “Las Leyes concernientes al Estado y capacidad de las
personas obligan a los venezolanos, aunque residan o tengan su domicilio en
país extranjeros”.
Este artículo consagra el principio de la personalidad de la Ley debido a que establece que todos los asuntos relativos al
Estado y capacidad de las personas, siguen a las mismas donde éstas establezcan
su residencia o domicilio.
Artículo 10: “Los bienes muebles o inmuebles, situados en Venezuela, se
regirán por las leyes venezolanas, aunque sobre ellos tengan o pretendan
derechos personas extranjeras”.
Este artículo adopta el estatuto real que consagra el régimen que va a determinar la
naturaleza de las cosas o el territorio en el que radican y cuyos efectos
quedan limitados para el territorio al cual se dicta.
Artículo 11: “Las formas y solemnidades de los actos jurídicos que se
otorguen en el extranjero, aun las esenciales a su existencia, para que éstos
surtan efectos en Venezuela, se rigen por las leyes del lugar donde se hace. Si
la Ley venezolana exige instrumento público o privado para su prueba, tal
requisito deberá cumplirse.
Cuando
el acto se otorga ante el funcionario competente de la República, deberá
someterse a las leyes venezolanas”.
Este
artículo adopta el estatuto formal
debido a que este consagra el régimen concerniente a las formalidades de los
actos y contratos que deben sujetarse a la ley del lugar donde se celebra.
Frase reflexiva:
Regala un pescado
a un hombre y le darás alimento para un día; enséñale a pescar, y lo
alimentarás para el resto de su vida
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