Regala un pescado
a un hombre y le darás alimento para un día; enséñale a pescar, y lo
alimentarás para el resto de su vida
DERECHO ROMANO (I)
JORGE LEONARDO SALAZAR RANGEL
LAS SERVIDUMBRES
Usus: El
“Usus Sine Fructus” es el derecho a
servirse de una cosa sin poder obtener frutos y productos, pero en la práctica
se permite el derecho a frutos limitados a las necesidades personales y de la
familia del usuario. A diferencia del Usufructo, el usuario no podía ceder el
ejercicio de su derecho, sin embargo Justiniano permitió que el usuario pudiera
dar en locación parte de una cosa dada en uso si ésta era mayor de amplitud que
la necesaria. Por los demás el régimen de uso es igual al del Usufructo.
Habitación: Derecho Real que faculta al titular a habitar una casa de
otro y aún de darla en locación a 3eros. Este derecho no se extingue por la “Capitis Diminutium”.
Operae Servorum: Derecho real que tiene una persona de aprovecharse del
trabajo o actividad del esclavo o de los animales. Se podía obtener provechos
alquilándolos. Este derechos estuvo encuadrado en diferentes instituciones, en
la época clásica correspondía al usufructo, con Juliano al uso y con Justiniano
a la habitación.
Bibliografía: Derecho Romano I y II Metodologías, Sumaria, Mnemotécnica
y Cuestionaria. Décima Segunda Reimpresión. Distribuidora Rikei, C.A. Caracas,
2006. GERARDO ONTIVEROS PAOLINI. DERECHO ROMANO.
Frase
reflexiva:
Regala un pescado
a un hombre y le darás alimento para un día; enséñale a pescar, y lo
alimentarás para el resto de su vida
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