2 de mayo de 2016

02-05-2016 Contra Extorsión (17)

Frase reflexiva:
No todo lo legal es LEGÍTIMO; y no todo lo LEGÍTIMO, es legal

DERECHO PENAL
TIPOS PENALES

Ley Contra el Secuestro y la Extorsión
Gaceta Oficial No. 39.194 de fecha 05 de junio de 2009

CAPÍTULO III
DE LA EXTORSIÓN

Artículo 17. Extorsión por relación especial. Quien se valga de una relación contractual, gremial, laboral o de confianza para extorsionar a una persona con el fin de obtener de ella o de terceras personas, dinero, títulos, bienes, documentos, beneficios, acciones u omisiones capaces de generar perjuicio a su honor, reputación, patrimonio o a la eficacia y eficiencia de la Administración Pública, será sancionado o sancionada con prisión de ocho a quince años.

Pena Corporal: 8 a 15 años de prisión.
Pena Normalmente Aplicable (Art. 37 CP): 11 años y 6 meses de prisión.

Frase reflexiva:
No todo lo legal es LEGÍTIMO; y no todo lo LEGÍTIMO, es legal

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!