24 de febrero de 2017

24/2/2017 Deberes. Atrib.

La frase del día:
Quien quiere quedar bien con Dios y con el diablo, le sirve la mesa al diablo

DEBERES y atribuciones de los fiscales auxiliares
53 Ley Orgánica del Ministerio Público

1. Realizar actuaciones de investigación e intervenir en todos los actos de la fase preparatoria e intermedia del proceso penal.

2. Intervenir en los procedimientos especiales establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, y demás leyes, salvo en los procedimientos en los juicios contra el Presidente de la República o altos funcionarios del Estado y en los de extradición. En cuanto a la aplicación del procedimiento abreviado, para la presentación del aprehendido ante el juez de control, solo podrá actuar en caso de delitos flagrantes.

3. Elaborar escritos, recursos o acciones judiciales.

4. Revisar el estado de las causas en que esté interviniendo el Ministerio Público, y realizar las actuaciones correspondientes, dentro del ámbito de sus atribuciones.

5. Rendir cuenta mensual al Fiscal Principal y en la oportunidad que este último la requiera, de todas las actuaciones cumplidas.

6. Intervenir en las acciones de amparo, referidas a la libertad y seguridad personal.

7. Colaborar con el Fiscal Principal en la supervisión del desempeño del personal subalterno del despacho de adscripción.

8. Las demás que les asignen las leyes o las resoluciones que dicte la Fiscal General de República.

La frase del día:
Quien quiere quedar bien con Dios y con el diablo, le sirve la mesa al diablo

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