Sentencia No. 47 emanada en fecha 28-FEB-2023 por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia: MAGISTRADA PONENTE: LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
De modo que, en atención a los señalamientos expuestos, el Tribunal competente para conocer de la presente acción de habeas data es el Juzgado de Municipio Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, que corresponda previa distribución de la causa, dado que de las actas del expediente se desprende que el domicilio del accionante se encuentra en dicho municipio. Así se decide.
Finalmente, esta Sala advierte que, de conformidad con el artículo 173 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, el Tribunal competente para conocer en alzada del recurso de apelación que se ejerza en un procedimiento de habeas data son los Juzgados Superiores Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial correspondiente al Tribunal que conoció en primera Instancia del mismo. Así se declara.
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/febrero/322977-0047-28223-2023-22-0726.HTML
La frase del día
"El que piensa que está de pie, que tenga cuidado de no caer"
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