Sentencia No. 046 de fecha 10-MAR-2023 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
No obstante, se infiere que además, el ciudadano Edgar Alexander Morillo Jiménez, manifestó haber interpuesto una denuncia por una serie de hechos presuntamente irregulares de carácter delictivo, tipificados en la Ley contra la Corrupción, y de ser así se estaría en presencia de un delito donde la víctima no solo es un particular, sino además el Estado venezolano, condición esta que no fue demostrada durante el proceso por el hoy denunciante.
En este contexto, vale acotar, lo previsto en el artículo 273 del Código Orgánico Procesal Penal, norma que refleja el alcance jurídico de la acción procesal del denunciante, a saber:
“…Responsabilidad.
El denunciante no es parte en el proceso, pero si existe falsedad o mala fe en la denuncia, el que la comete será responsable conforme a la ley…”.
Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/marzo/323300-046-10323-2023-C23-28.HTML
La frase del día
"El turista siempre supo, solamente se hacía el loco" Anónimo
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