22 de abril de 2023

Proponer denuncia: 22-04-2023

Sentencia No. 046 de fecha 10-MAR-2023 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Magistrada Ponente Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Consonó a lo anterior, no hay duda sobre la facultad de proponer una denuncia, ya que es el artículo 267 del Código Orgánico Procesal Penal el que otorga esta facultad a cualquier persona, víctima o no, quien tenga conocimiento de la comisión de un hecho punible para denunciarlo ante el Ministerio Público o ante un órgano de Policía de Investigaciones Penales, sin embargo, la recepción de la denuncia no implica per se, la existencia de un proceso penal y no exime la obligación del denunciante de acudir ante los órganos competentes a fin de formalizarla, a tenor de lo dispuesto en el artículo 268 de la ley adjetiva penal.
En esta línea de pensamiento, el Código Orgánico Procesal Penal, señala de manera precisa los sujetos a quienes reconoce legitimación activa para el ejercicio de los recursos judiciales contra las decisiones que declaren el sobreseimiento de la causa, en términos indubitables:
 
“Artículo 307. El Ministerio Público o la víctima, aun cuando no se haya querellado, podrán interponer recurso de apelación y de casación, contra el auto que declare el sobreseimiento”.  

Enlace a la Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scp/marzo/323300-046-10323-2023-C23-28.HTML

La frase del día 
"Paciencia porque el día de la siembra no es el mismo que el de la cosecha" Anónimo

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Su comentario será respondido a la brevedad. ¡Gracias por comentar!