5 de marzo de 2025

05-03-2025 | Archivo fiscal [5]

Sentencia No. 603 de fecha 22-NOV-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia de la Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

De igual forma, el artículo 127 del Código Orgánico Procesal Penal señala como uno de los derechos del imputado el poder solicitar que se active la investigación y a conocer su contenido, salvo en los casos en que alguna parte de ella haya sido declarada reservada y solo por el tiempo que esa declaración se prolongue.
            
Por lo tanto, entendiendo el archivo fiscal como un acto conclusivo de la fase preparatoria, que permite que la investigación termine de un modo provisional; por cuanto, implica una clausura provisoria de la misma, en razón a la carencia de elementos de investigación que permitan presentar una acusación formal por parte del Ministerio Público, sus efectos jurídicos derivan en una suspensión del proceso penal; en razón de que el representante del Ministerio Público no se encontraría facultado de proseguir con la investigación, ni ordenar la realización de diligencia alguna, excepto en caso que surgiese algún elemento de prueba nuevo que justifique la reapertura de la causa; por ende, no encontrándose la presente causa tramitándose activamente ante un Tribunal de la República, se concluye que no se encuentra satisfecha una de las exigencias establecidas en nuestro ordenamiento jurídico para la admisibilidad de la presente solicitud, en tal sentido, esta Sala estima inoficioso pronunciarse en lo que respecta a los siguientes requisitos de admisión del avocamiento.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"La mentalidad de las masas evita que los individuos distingan entre el bien y el mal"

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