16 de septiembre de 2024

No prescripción / 16-09-2024

Sentencia No. 335 de fecha 02-JUL-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN MARISELA CASTRO GILLY

Por otra parte, se exige en el procedimiento de extradición, que la acción penal y la pena no se encuentren prescritas, conforme con el principio de no prescripción de la acción penal, establecido en el artículo 5 del Acuerdo sobre Extradición antes aludido, que prevé:

 “…Tampoco se acordará la extradición en los casos siguientes:

(…)

b) Cuando según las leyes del Estado al cual se dirige la solicitud, hubiere prescrito la acción o la pena a que estaba sujeto el enjuiciado o condenado. …”.

En tal sentido, el Código Penal venezolano establece las reglas de la prescripción de la acción penal, en los artículos mencionados a continuación:

“… De la Extinción de la Acción Penal y de la Pena

… Artículo 108.

Salvo el caso en que la ley disponga otra cosa, la acción penal prescribe así:

1. Por quince años, si el delito mereciere pena de prisión que exceda de diez años.

2. Por diez años, si el delito mereciere pena de prisión mayor de siete años sin exceder de diez.

3. Por siete años, si el delito mereciere pena de prisión de siete años o menos.

4. Por cinco años, si el delito mereciere pena de prisión de más de tres años.

5. Por tres años, si el delito mereciere pena de prisión de tres años o menos, arresto de más de seis meses, relegación a colonia penitenciaria, confinamiento o expulsión del espacio geográfico de la República. (…)

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Las deudas son una de las formas más duras de romper familias y dañar vidas"

15 de septiembre de 2024

No entrega por delitos políticos / 15-09-2024

Sentencia No. 335 de fecha 02-JUL-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN MARISELA CASTRO GILLY

En relación con el principio de no entrega por delitos políticos, la Sala verificó que los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, TRÁFICO DE ARMAS DE FUEGO, DETENTACIÓN DE ARMAS Y ARTEFACTOS EXPLOSIVOS, TERRORISMO y ASOCIACIÓN, son delitos que atentan contra la colectividad, el orden público y la salud; de manera que se descarta que el presente procedimiento de extradición activa se corresponda con delitos políticos o conexos a estos.

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Las personas que evitan el fracaso también evitan el éxito"

14 de septiembre de 2024

Doble incriminación (2) / 14-09-2024

Sentencia No. 335 de fecha 02-JUL-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN MARISELA CASTRO GILLY

De allí que, las disposiciones legales antes transcritas, dan cuenta que los hechos punibles por los cuales se solicita la extradición de la persona requerida, se encuentran tipificados como delitos en la legislación penal venezolana, así como se encuentran dentro de la categoría de los delitos señalados en el artículo 2 del Acuerdo Bolivariano sobre Extradición, firmado en Caracas el 18 de julio de 1911, aprobado por el Poder Legislativo Nacional el 18 de junio de 1912 y ratificado por el Poder Ejecutivo Nacional el 19 de diciembre de 1914, así como en la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional, la Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas y la Convención Interamericana contra el Terrorismo, por lo cual se hace viable para solicitar la extradición, por lo que en el presente caso se cumple con el requisito de procedencia que impone el principio de la doble incriminación del delito.

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La frase del día 
"Si quieres crear buen contenido, debes consumir buen contenido" Vilma Núñez

13 de septiembre de 2024

Asociación / 13-09-2024

Sentencia No. 335 de fecha 02-JUL-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN MARISELA CASTRO GILLY

Ahora bien, en cuanto a los delitos de TERRORISMO y ASOCIACIÓN, contenidos en los artículos 52 y 37, respectivamente, de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (publicada en Gaceta Oficial número 39.912 de fecha 30 de abril de 2012) señalan:

“…Terrorismo

Artículo 52. El o la terrorista individual o quienes asociados mediante una organización terrorista, realice o trate de realizar uno o varios actos terroristas, articulo será penado o penada con prisión de veinticinco a treinta años.

Asociación

Artículo 37. Quien forme parte de un grupo de delincuencia organizada, será penado o penada por el solo hecho de la asociación con prisión de seis a diez años…”

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La frase del día 
"Un gobernante es tan fuerte como lo sea su consejo"

12 de septiembre de 2024

Detentación / 12-09-2024

Sentencia No. 335 de fecha 02-JUL-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN MARISELA CASTRO GILLY

Con respecto al delito de DETENTACIÓN DE ARMAS Y ARTEFACTOS EXPLOSIVOS, previsto y sancionado en el artículo 296 del Código Penal, establece:

“…Artículo 296. Todo individuo que ilegítimamente importe, fabrique, porte, detente, suministre u oculte sustancias o artefactos explosivos o incendiarios, se castigará con pena de prisión de dos a cinco años.

Quienes con el solo objeto de producir terror en el público, de suscitar un tumulto o de causar desordenes públicos, disparen armas de fuego o lancen sustancias explosivas o incendiarias, contra gentes o propiedades, serán penados con prisión de tres a seis años, sin perjuicio de las penas correspondientes al delito en que hubieren incurrido usando dichas armas...”

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
Lo que no te dejen claro, tómalo como un "no"

11 de septiembre de 2024

Delito tráfico de armas / 11-09-2024

Sentencia No. 335 de fecha 02-JUL-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN MARISELA CASTRO GILLY

El delito de TRÁFICO DE ARMAS DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 124 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones (publicada en Gaceta Oficial N° 40.190 del 17 de junio de 2013), el cual señala:

“…Tráfico Ilícito de armas de fuego

Artículo 124. Quien importe, exporte, adquiera, venda, entregue, traslade, transfiera, suministre u oculte armas de fuego y municiones, sin la debida autorización del órgano con competencia de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, será penado con prisión de veinte a veinticinco años…”

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"La motivación es lo que te hace comenzar. El hábito es lo que te hace seguir" Jim Rohn

10 de septiembre de 2024

Doble incriminación / 10-09-2024

Sentencia No. 335 de fecha 02-JUL-2024 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia: Ponencia de la Magistrada Doctora CARMEN MARISELA CASTRO GILLY

Ahora bien, en cuanto al Principio de la doble incriminación, los delitos por los cuales se solicita la extradición del referido ciudadano, se encuentran previstos en nuestra legislación, en los términos siguientes:

En cuanto al delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, el mismo se encuentra previsto en la legislación venezolana, específicamente en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas (publicada en Gaceta Oficial número 39.546 de fecha 5-11-2010), en los términos siguientes:

 “…Tráfico

Artículo 149. El o la que ilícitamente trafique, comercie, expenda, suministre, distribuya, oculte, transporte por cualquier medio, almacene o realice actividades de corretaje con las sustancias o sus materias primas, precursores, solventes y productos químicos esenciales desviados a que se refiere esta Ley, aún en la modalidad de desecho, para la producción de estupefacientes o sustancias psicotrópicas, será penado o penada con prisión de quince a veinticinco años.

(...)

Enlace a la Sentencia:

La frase del día 
"Acércate más que nunca a tus clientes. Acércate lo más posible para que puedas decirles lo que necesitan, antes que ellos lo sepan" Steve Jobs