28 de octubre de 2025

Transnacional [7] | 28-10-2025

Amenazas mundiales, efectos a nivel local

Si bien la delincuencia organizada transnacional es una amenaza mundial, sus efectos se hacen sentir a nivel local. Cuando la delincuencia organizada echa raíces puede desestabilizar a países y regiones enteras, socavando así la asistencia para el desarrollo en esas regiones. Los grupos delictivos organizados también pueden trabajar conjuntamente con delincuentes locales, lo que agrava fenómenos como la corrupción, la extorsión, la asociación ilícita y la violencia, así como una variedad de delitos más complejos a nivel local. Las pandillas violentas también pueden convertir los cascos urbanos en zonas peligrosas y poner en peligro la vida de los ciudadanos.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Quien necesita anunciar su poder, ya lo ha perdido"

Esquemas de lavado [18] | 28-10-2025

Iniciativas gubernamentales para combatir el lavado de dinero

El Gobierno del Canadá ha asignado una cantidad considerable de fondos para mejorar el régimen de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Desde 2019, se han asignado 319,9 millones de dólares, con 48,8 millones de dólares adicionales en curso, lo que demuestra una inversión sustancial en la lucha contra las actividades de blanqueo de capitales (Seguridad Pública de Canadá).

Centro de Coordinación de Delitos Financieros (FC3)

Establecido como una iniciativa piloto de cinco años dirigida por el Ministerio de Seguridad Pública del Canadá, el Centro de Coordinación de Delitos Financieros (FC3) desempeña un papel crucial en la mejora de la colaboración interinstitucional y el fomento de la capacidad entre los profesionales de la lucha contra el blanqueo de dinero. Con una financiación de 24 millones de dólares en 2019, el FC3 tiene como objetivo fortalecer la respuesta de Canadá a los delitos financieros (Public Safety Canada).

El FC3 opera un Portal de Knowledge Hub, una plataforma en línea que conecta a profesionales de varios niveles gubernamentales involucrados en la lucha contra el lavado de dinero y otros delitos financieros. El Portal del Centro de Conocimiento sirve como un espacio de colaboración, proporcionando recursos esenciales y creando conciencia sobre los esfuerzos contra el lavado de dinero en todo Canadá.

Fuente digital de la información:

Palabras clave: lavado de dinero, blanqueamiento de capitales, legitimación de capitales, delincuentes de cuello blanco.

La frase del día 
"Quien necesita anunciar su poder, ya lo ha perdido"

Intelectual [3] | 28-10-2025

¿Cómo se protege la propiedad intelectual?

La protección de los derechos de autor y demás formas de propiedad intelectual se lleva a cabo tanto a nivel legal como mediante herramientas tecnológicas y administrativas.

— Registro de derechos de autor: Registrar una obra en el organismo correspondiente (por ejemplo, el Registro de la Propiedad Intelectual) proporciona una prueba legal de autoría ante posibles infracciones.

— Licencias y contratos: El uso de licencias (como Creative Commons o licencias comerciales) permite definir los términos de uso y proteger las obras en entornos digitales y comerciales.

— Medidas tecnológicas: Sistemas de gestión de derechos digitales (DRM), marcas de agua o herramientas anti-piratería ayudan a prevenir el uso no autorizado en plataformas online.

— Acciones legales: Las víctimas de delitos contra la propiedad intelectual pueden recurrir a la vía judicial para exigir el cese de la infracción y reclamar indemnizaciones.

Los delitos contra la propiedad intelectual representan una amenaza para la innovación, la cultura y el desarrollo económico. Proteger las creaciones es una responsabilidad compartida entre autores, instituciones y usuarios. Estar informado es el primer paso para defender tus derechos y respetar los de otras personas.

Fuente digital de la información:

La frase del día 
"Quien necesita anunciar su poder, ya lo ha perdido"

27 de octubre de 2025

Tatuajes [7] | 27-10-2025

Implicaciones y consecuencias 

A nivel criminológico hay tres elementos que deben considerarse en el caso que se estigmatice a una persona por sus tatuajes, a saber: criminalización secundaria, violación de derechos humanos e ineficacia de la medida.

Criminalización secundaria: la estigmatización por tatuajes puede llevar a una criminalización secundaria, por consiguiente, los individuos que han cumplido condenas o buscan reintegrarse a la sociedad enfrentan discriminación y exclusión debido a sus marcas. Esto dificulta su reinserción y aumenta el riesgo de reincidencia.

Violación de derechos humanos: la persecución de personas por sus tatuajes puede violar derechos fundamentales, tales como: la libertad de expresión, el derecho a la igualdad y la no discriminación. Además, puede dar lugar para que se cometan abusos policiales y detenciones ilegales. 

Ineficacia de la medida: desde un punto de vista criminológico, la estigmatización por tatuajes puede que no sea una estrategia eficaz para reducir la violencia pandillera. Es probable que las pandillas adapten sus métodos de identificación y comunicación, en consecuencia, la medida genera más resentimiento y desconfianza hacia las autoridades.

Fuente de la información: taller de "Criminología: estigmatización por tatuajes", efectuado el 20-08-2025 por parte del Centro Educativo Geminix y el Centro Simón Rodríguez (CSR) Internacional.

La frase del día 
"Un tigre con campana morirá de hambre"

Devolutivo | 27-10-2025

Sentencia No. 071 de fecha 27-FEB-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia de la Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Ahora bien, la mencionada figura procesal (recurso de apelación de autos), se encuentra regulada en nuestro ordenamiento jurídico, concretamente en el Código Orgánico Procesal Penal, en el artículo 439 y siguientes, el cual posee una serie de características, entre las cuales, se destaca su carácter devolutivo; es decir, es de un solo efecto dado que no produce la paralización del proceso.
   
Asimismo, la mencionada figura procesal, no tiene como objeto el fondo del asunto debatido ante la jurisdicción penal por cuanto los autos fungen como providencias, decretos o resoluciones judiciales, dictados durante el curso de un proceso penal, a los fines de tratar cuestiones secundarias durante la sustanciación del mismo.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Un tigre con campana morirá de hambre"

Conflictos de competencia | 27-10-2025

Sentencia No. 073 de fecha 27-FEB-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia de la Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

En tal sentido, los conflictos de competencia son de no conocer o de conocer, dependiendo de la manifestación que respecto del conocimiento de la causa hagan los tribunales en conflicto. De allí, que el conflicto de no conocer surge cuando un Juzgado en virtud de su incompetencia para conocer de una causa, bien sea en razón de la materia o del territorio, declina la competencia en otro Juzgado, el cual a su vez se declara incompetente mediante auto motivado, en donde debe expresarle al tribunal que declinó de manera razonada, los motivos que dan lugar a la incompetencia planteada, e igualmente, deberá exponer dichos motivos ante la instancia superior común, la cual deberá resolver el conflicto, o en su defecto, si no existiere una instancia superior común, la resolución corresponderá a este Máximo Tribunal. Por su parte, el de conocer deviene de la declaratoria de competencia de ambos tribunales, en cuyo caso la incidencia se resuelve de la manera ya señalada.

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Un tigre con campana morirá de hambre"

Crasa ignorancia | 27-10-2025

Sentencia No. 073 de fecha 27-FEB-2025 emanada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Ponencia de la Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO

Del contenido de la citada norma se infiere de manera precisa que en casos como el que ocupa la Sala, el lugar donde fue cometido el hecho punible, determina de manera inequívoca la competencia del tribunal al que corresponderá el conocimiento del proceso penal instaurado, por lo que, el planteamiento (...), carece totalmente de asidero válido, y peor aún que–según su apreciación- lo expresado constituye un conflicto de no conocer por el que declaró su incompetencia, lo que no solo deja al descubierto su crasa ignorancia, sino que además atenta contra la unidad del proceso y la celeridad que amerita el mismo en aras de una justicia expedita en búsqueda de la verdad.

Es pertinente, a efectos de ilustrar (...), que la unidad procesal, está contemplada en el artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal, cuyo texto dispone:

“Unidad del Proceso
Artículo 76. Por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, aunque los imputados o imputadas sean diversos, ni tampoco se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado o imputada, diversos procesos aunque haya cometido diferentes delitos o faltas, salvo los casos de excepción que establece este Código. Si se imputan varios delitos, será competente el tribunal con competencia para juzgar el delito más grave.” (Negrillas y subrayado de la Sala)

Enlace a la Sentencia:

Palabras clave: Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, derecho, justicia, ley, código, sentencia, Constitución.

La frase del día 
"Un tigre con campana morirá de hambre"