DERECHO PENAL - MATERIA SUSTANTIVA
Código Penal venezolano - 358
De los delitos contra la conservación de los intereses públicos y privados
De los delitos contra la seguridad de los medios de transporte y comunicación
Daño a la vía o máquinas. Cualquiera que dañe las vías férreas, las máquinas, vehículos, instrumentos u otros objetos y aparejos destinados a su servicio, será castigado con la pena de prisión de tres (3) a cinco (5) años.
Código Penal venezolano - 359
De los delitos contra la conservación de los intereses públicos y privados
De los delitos contra la seguridad de los medios de transporte y comunicación
Impericia o negligencia. Cualquiera que por negligencia o impericia de su arte o profesión, inobservancia de los reglamentos, órdenes o instrucciones, hubiere preparado el peligro de una catástrofe en una vía férrea, será penado con prisión de tres (3) a quince (15) meses.
Si la catástrofe se ha consumado, la prisión será por tiempo de uno (1) a cinco (5) años.
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